Archivo - Imagen del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

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Una segunda sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha rebajado dos años la condena total de prisión que había impuesto a un hombre por dos delitos de agresión sexual en aplicación de la Ley de 'sólo sí es sí', de forma que la pena a cumplir será de cuatro años en lugar de seis.

La resolución se ha hecho pública este jueves, después de que ayer se conociera la primera sentencia en base a la revisión del primero de los casos planteados ante el órgano judicial vizcaíno, por el que redujo en un año y medio la condena de otro agresor sexual: de cuatro años y medio a tres.

En esta segunda revisión de una sentencia condenatoria, tras la petición del abogado del condenado en base a la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la Audiencia vizcaína ha decidido rebajar a cuatro la pena total de seis años que estableció el 20 de mayo de 2021 por dos delitos de agresión sexual --con la aplicación de la atenuante muy cualificada de toxicomanía--. De esta forma, se reduce uno por cada delito (de tres a dos).

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