Nivel de Alerta Rojo por Incendios Forestales. | NAPIF

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La Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal establece para este jueves el nivel de Alerta Rojo de Peligro de Incendios Forestales en: Depresión del Jalón, Prepirineo Oriental, Puertos de Beceite y Somontano Oriental. El resto de Aragón permanece, en su mayoría, en nivel de Alerta Naranja. La situación prevista para mañana viernes es similar, aunque se prevé que en los próximos días podría empeorar.

La atmósfera se presenta inestable y muy seca en casi toda la comunidad autónoma, a excepción del sureste de Teruel, con alto riesgo de propagación convectiva. El viento previsto es flojo variable, tendiendo a componentes este y sur la segunda mitad del día. Se contempla posibilidad de tormentas este jueves por la tarde en el este de Teruel.

Un total de 111 municipios se encuentran afectados por el Nivel de Alerta Rojo. El listado de los mismos se puede consultar en el NAPIF: 'https://www.aragon.es/-/nivel-de-alerta-de-peligro-de-incend...'.

Prohibiciones

El Gobierno de Aragón ha recordado que en estos municipios se aplicarán varias prohibiciones correspondientes al Nivel de Alerta Rojo, como encender fuego en espacios abiertos. Se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.

También está prohibido encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello, así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. Asimismo, arrojar o abandonar objetos en combustión.

Se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas con algunas excepciones.

Es el caso del uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12.00 y las 18.00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.

Labores de cosecha

Igualmente, las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14.00 y 18.00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.

También, la utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.

Y, por último, las actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.