Archivo - Audiencia Provincial de Almería | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

TW
0

La mujer acusada de acabar «intencionadamente» con la vida de su recién nacida tras dar a luz en su cortijo de Vícar (Almería) sin ayuda de nadie en marzo de 2020 ha sido declarada culpable del crimen por parte de un tribunal de jurado tras las cinco sesiones en las que ha durado la vista oral que se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Almería.

En su veredicto emitido en la tarde de este lunes, los miembros del jurado han determinado que la mujer actuó en soledad a la hora de arrebatar la vida a la bebé aprovechándose de que ésta no podía defenderse, sentido en el que tanto la Fiscalía como la acusación particular han solicitado para ella una pena de prisión permanente revisable al entender que es autora de un delito de asesinato tipificado en el artículo 140 del Código Penal.

Los miembros del jurado han atendido, principalmente, como elemento para determinar la culpabilidad de la acusada el informe efectuado por las médico forense, quienes precisaron a partir de la autopsia que la bebé nació con vida al hallar en sus pulmones y en el estómago reacciones químicas propias de la respiración natural.

La niña se hallaba bien formada, según atestiguó también un agente de la Guardia Civil que exhumó a la bebé, cuyo cuerpo fue enterrado junto a la entrada del domicilio y tapado con unos grandes bidones de agua.

En este mismo sentido, han atendido también al informe de las forenses para determinar que la niña murió a causa de una «asfixia mecánica» con «estrangulamiento» con las manos en base a las marcas de dedos y uñas que se apreciaron en el cuello así como el traumatismo que mostraba sobre el labio superior y que llegaba hasta la campanilla derivado de un esfuerzo por hacer presión sobre la boca.

A ello, se unen otras «lesiones extracervicales» derivadas de la fuerza que se imprimió sobre el cuerpo de la neonata y que, según ha considerado el tribunal, son «incompatibles» con un estrangulamiento derivado de que se pudiera enrollar en el cuello el cordón umbilical. «No podía ser accidental», han aseverado.

El jurado también ha atendido a otros elementos en base a la investigación para incriminar a la acusada, como el ADN que se encontró sobre la azada que solicitó a una vecina un día después del parto con la excusa de plantar un sarmiento, que se halló donde estaba enterrada la bebé; o la placenta que se localizó por parte de unos vecinos en una balsa de riego en desuso empleada como vertedero al que la acusada también se dirigió.

Los miembros del jurado han incidido además en el comportamiento mostrado por la acusada en exploraciones forenses posteriores orientado a que «no se averiguara nada», si bien no se han pronunciado de forma directa sobre la posibilidad de concesión de indulto para la mujer, que quedará en base a lo que derecho corresponda.

Además de la pena privativa de libertad, la fiscal Teresa Prieto también ha pedido una medida de libertad vigilada de 10 años para la mujer y una indemnización por daños morales al padre de la bebé de 120.000 euros, mientras que la acusación particular ejercida por el letrado Manuel Blánquez ha elevado dicha cuantía a los 150.000 euros.

Por su parte, el abogado de la defensa, Alejandro Jiménez, ha pedido al magistrado-presidente del tribunal, Jesús Miguel Hernández, que tenga en cuenta las atenuantes de dilaciones indebidas y el corto espacio que duró la investigación para atenuar la pena. El juicio ha quedado visto para sentencia.