Archivo - Enfermera con mascarilla. | HOSPITAL UNIVERSITARIO DE TORREJÓN - Archivo

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La Consejería de Salud y Consumo deja sin efecto desde este sábado 10 de febrero la orden dictada hace mes que establecía el uso obligatorio de mascarillas en hospitales y en centros de Atención Primaria de Andalucía, aunque sigue recomendando su uso en centros de urgencias, en plantas de infecciosos, oncología y hematología, y «en todas aquellas áreas donde haya personas vulnerables».

Así lo establece una orden publicada este viernes por el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que detalla que la decisión se adopta «al presentarse datos de descenso de la Incidencia Acumulada de Infecciones Respiratorias Agudas durante dos semanas consecutivas» de acuerdo con los criterios fijados en la orden de 10 de enero del Ministerio de Sanidad.

Según explicó este viernes la consejera de Salud y Consumo, Catalina García, la incidencia de la gripe y el Covid lleva tres semanas «consecutivas» bajando en Andalucía y actualmente se sitúa en los 362 casos por cada 100.000 habitantes, según los últimos datos hechos públicos por el Instituto Carlos III.

Con estos datos, las provincias de Sevilla y Málaga --las más pobladas de hecho de la comunidad autónoma-- continúan en Fase 1 mientras el resto ya está en la fase cero. La retirada de la obligatoridad de la mascarillas en los hospitales y centros de Atención Primaria vendrá acompañada del mantenimiento de la recomendación de usarlas en centros de urgencia, en plantas con enfermos oncológicos, infecciosos y en hematología, y en todas aquellas áreas sanitarias en las que haya pacientes vulnerables.

El pasado 11 de enero, la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía publicaba una orden en la que plasmaba la decisión acordada por el Ministerio de Sanidad de exigir el uso obligatorio de mascarillas en centros sanitarios asistenciales de la comunidad autónoma.

De esta manera, la Junta de Andalucía, «de conformidad con lo establecido en el Anexo I de la Orden Comunicada de la Ministra de Sanidad de 10 de enero de 2024, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública», establecía «la obligatoriedad del uso universal de mascarilla en centros sanitarios asistenciales», y aclaraba que «esta medida será, igualmente, efectiva en consultas del ámbito privado».

No obstante, la Consejería precisaba en esta orden que «este uso universal podrá excusarse en aquellos ámbitos donde exista interacción verbal y/o gestual que sea importante en el abordaje o trato con el paciente». Asimismo, la resolución de la Consejería de Salud aclaraba que «la mencionada orden del Ministerio de Sanidad establece recomendaciones generales para la población de utilización de mascarilla ante la presencia de síntomas de infección respiratoria, recomendaciones de su uso en centros residenciales de personas vulnerables y farmacias».