Rodaje que tuvo lugar en Mallorca. | ARCHIVO

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El Institut d’Indústries Culturals de les Illes Balears (ICIB) sigue dando que hablar en el sector audiovisual. La última acción que las productoras isleñas juzgan sin explicación por parte de la institución es enviar revocaciones a varias empresas exigiendo la devolución de importes concecidos y ejecutados en subvenciones de hace hasta cuatro años.

Según fuentes de APAIB (la Asocicción de Productores Audiovisuales de Balears), de momento cuatro empresas han empezado a recibir notificaciones por parte del ICIB «por expedientes ya pagadas y cerrados» que son, de momento, de los años 2019 y 2020, pero advierten de que «son solo las primeras» y temen que lleguen de convocatorias de años posteriores.

En las solicitudes se exige la devolución de un dinero ya entregado por proyectos ejecutados y, además, con intereses, pero lo curioso son los motivos de estas revocaciones. Una de las razones es la no aceptación de los pagos vinculados, que son aquellos destinados a los socios de la productora, como por ejemplo si uno de ellos es guionista, y que suelen ser familiares, ya que se trata de empresas pequeñas.

Según APAIB, el ICIB dice en sus bases que los gastos vinculados no están permitidos salvo autorización, y es ahí dónde radica el debate, ya que APAIB, y los abogados consultados por la asocaciación, entienden que esa autorización se realiza de manera tácita cuando se acepta el gasto solicitado por la productora en la que se incluyen estos gastos vinculados y elICIB concede la ayuda. Algo que, además, se publica en el BOIB, por lo que se entiende su autorización oficial.

Además, el ICIB no da oportunidad de subsanar errores, como en otras cantidades reclamadas por varias cuestiones, sino que en este caso exige la devolución de este dinero que implica un porcentaje del importe entregado y en algunos casos es elevado, poniendo en riesgo la viabilidad de la propia empresa. A su vez, que llegue cuatro años después de haberse entregado el dinero o haberse ejecutado un proyecto ya realizado, pagado y acabado, da una «inseguridad» enorme a las productoras y las coloca en «inferioridad» con respecto a otras empresas en coproducciones.

Disputa

Otra reclamación que llega por parte del ICIB en forma de revocación es que las productoras superen el límite establecido por ley de acumulación de ayudas públicas, que era en 2019 del 60% para obras consideradas difíciles (hechas en catalán, por ejemplo). Desde APAIB, no obstante, argumentan que la ley cambió en 2020, y sí acepta esa acumulación dentro del momento de justificación (terer y último pago contemplado por las subvenciones).

Finalmente, el ICIB reclama en un caso una subvención por la presentación de una cuenta justificativa simplificada, algo previsto en las bases para proyectos que reicban menos de 30.000 euros, pero que no ha impedido la revocación del ICIB.

Desde APAIB valoran que el ICIB ha tenido problemas siempre y esto son consecuencias de ello, hasta el punto de que, como detalla APAIB, el Síndic de Comptes de Balears denunció las irregularidades en la concesión de subvenciones.