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Se acabó la obligación de presentar el certificado de residencia para poder obtener el descuento de residente. El Consejo de Ministros, a propuesta de la ministra de Fomento, Ana Pastor, aprobó ayer un Real Decreto que flexibiliza las condiciones para obtener el descuento ya que bastará con presentar el certificado de forma telemática para obtener el descuento.

Algunos compañías aéreas ya no exigían el papel físico que acredita la residencia, pero otras líneas aéreas, como Iberia o Air Europa, siguen pidiéndolo. A partir de la decisión tomada ayer, son las compañías aéreas, y no los pasajeros, quienes tendrán la responsabilidad de acreditar la residencia de los usuarios.

Seis meses

Lo que hace el Gobierno es dar seis meses de plazo a las compañías para que incorporen, en todos los canales de venta, el sistema telemático de acreditación de residencia (SARA). De esta forma, el certificado físico volverá a ser historia en el plazo de seis meses, como máximo.

El decreto aprobado a propuesta del Ministerio de Fomento introduce otras modificaciones, como el hecho de que a partir de ahora se aceptará el pasaporte como documento acreditativo de la identidad, según indica la nota informativa enviada por el Ministerio.

La norma aprobada por el Consejo de Ministros se centra más en el papel de las aerolíneas y les obliga a conservar toda la documentación de los billetes bonificados para evitar que haya fraudes. También reduce de seis a dos meses el plazo para que las compañías aéreas y marítimas presenten las liquidaciones mensuales a la Administración.

Los ciudadanos de Balears tienen la obligación de presentar el certificado de residentes para tener acceso a los aviones desde septiembre de 2012, fecha en la que volvió a ser una obligación para evitar posibles fraudes en los descuentos.