El conseller Company explicó el borrador de la Ley Agraria en la reunión del Consell Agrari, a la que asistieron los principales representantes del sector. Balears es una de las regiones que carece de esta normativa. | Teresa Ayuga

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El conseller d'Agricultura, Medi Ambient i Territori, Biel Company, presentó ayer el borrador de la Ley Agraria en el Consell Agrari. Uno de los objetivos de la futura normativa es mejorar la rentabilidad del sector primario, «revalorizando el patrimonio rural y facilitando la gestión activa del territorio». La industria agraria de transformación balear es la de menor retabilidad de toda España (1,2 % en Balears y 18,1 % en Canarias). Las principales novedades de esta ley son las siguientes.

Agilización administrativa. Los plazos administrativos disminuyen considerablemente, ya que se permite el inicio de la actividad con una simple declaración previa o comunicación responsable. Además, se elimina el interés general para toda la actividad agraria y complementaria. Se trata de una reivindicación histórica del sector, que permitirá reducir de 2-3 años a 2-3 meses el tiempo de tramitación para implantar industrias agroalimentarias. La excesiva tramitación ha provocado en numerosas ocasiones la pérdida de subvenciones europeas, que obligan a justificar en 1,5 años la inversión realizada.

Nuevas actividades. La ley permite nuevas actividades complementarias de diversificación agraria en las explotaciones en las que el payés vive de ellas (actividades preferentes). Los edificios ya construidos en las explotaciones agrarias podrán acoger agroestancias y se podrán prestar servicios complementarios como desayuno, comida o cena; limpieza de habitaciones y venta directa de productos de la explotación. Los edificios existentes también se podrán adaptar y destinar a agrorefugio y ofrecer los mismos servicios que las agroestancias. Otras actividades complementarias que podrán desarrollar son agroocio (actividades ecuestres, excursiones...), agrocultura (catas, degustaciones...), agroenergía (fomento de energías renovables y agroecueste, ganadería, ocio y competición). «La ley posibilita el cambio de uso de edificaciones existentes para la instalación de agroindustrias de transformación de la producción propia o para hacer actividades complementarias de diversificación agraria, como pasa en otros países como Francia», explicó el conseller.

Venta directa. Los titulares de las explotaciones agrarias inscritos en los registros podrán vender directamente los productos obtenidos de la actividad agraria y complementaria de la explotación. Company aclaró que «no significa permitir comercios sino facilitar la venta de productos sin intermediarios, lo que mejorará el precio para el productor y el consumidor». También se crea la figura de las reservas y vedados de los recursos silvestres, que permitirá a los titulares de los terrenos cobrar una tasa por recoger setas, espárragos, etc.

Permanencia. La realización de estas actividades «requerirá un compromiso de permanencia en el sector para seguir manteniendo el territorio». La ley pretende garantizar el relevo generacional y la incorporación de mujeres. Aunque el sector agrario representa el 1,4 % del PIB, el 73 % de Balears está ocupado por zonas agrícolas o forestales; su abondono facilita los incendios.

Dinero. La ley exige al Estado y a la Unión Europea el reconocimiento y la compensación de la insularidad. Además, obliga al Govern y a los consells a consignar en los presupuestos las dotaciones económicas necesarias para hacer frente a la cofinanciación del la PAC y el PDR para evitar que se pierdan las subvenciones europeas.

Medio ambiente. Se fomenta la reutilización y uso de aguas regeneradas y por primera vez se regula la producción, almacenamiento y gestión de estiércoles; las explotaciones ganaderas deberán tener un sistema de almacenamiento.

Alimentos tradicionales. Se crea un catálogo de alimentos tradicionales de Balears; tendrán que acreditar un mínimo de 50 años de producción, elaboración o comercialización en las Islas. Además, se fomentarás las razas autóctonas de las Islas.