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La Audiencia de Baleares ha revocado una sentencia contra un ex consejero delegado de Invernostra, la inmobiliaria de la antigua caja de ahorros Sa Nostra, que había sido condenado a pagar 34,2 millones por «actuación negligente» en una operación inmobiliaria fallida en Miami y Las Vegas.

La sección quinta del tribunal provincial ha estimado el recurso de apelación presentado por el exdirectivo contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma que lo condenó a pagar 34.292.160 euros al Banco Mare Nostrum SA e Innostrum División Inmobiliaria, la ha revocado y ha desestimado por tanto la demanda.

El tribunal ha desestimado además el recurso de apelación interpuesto por Invernostra, ahora Banco Mare Nostrum, e Innostrum División Inmobiliaria, contra la sentencia.

La sala considera que no existen «indicios suficientes» para atribuir a la actuación del condenado las acciones y omisiones que llevaron a las consecuencias denunciadas por la operación fallida que la entidad estudió realizar entre 2007 y 2008.

El tribunal no considera probado que fuera una «ocurrencia» suya financiar la promoción de inmuebles en Miami (Estados Unidos), «pues formaba parte del plan estratégico del grupo Sa Nostra».

Los magistrados descartan «ocultación deliberada y olvido indolente» por parte del inicialmente condenado y señalan que no se ha probado esa ocultación «deliberada o por mera desidia» sobre la información de la propiedad de solares al consejo de administración para que adoptara una decisión.

La sala cree que no se ha probado que la ausencia de diligencia debida fuera decisión del exconsejero «antes al contrario, a la luz de los correos electrónicos parece que fue el Consejo de Asesores Externos».

Añaden que los demandantes, que fueron quienes contrataron a los profesionales externos y podrían haberlos dispensado de la obligación de secreto profesional, no los plantearon como prueba.

En cuanto a la alegación de que la operación fue aprobada «mecánicamente», porque la promovían dos consejeros, la sentencia señala que «subyace que el consejo validó la operación pero de haber conocido los datos reales nunca la habrían aprobado», pero que dicha afirmación es de la sucesora (BMN e I) y «no deja de ser una suposición cuya coincidencia con el actuar del Consejo de Invernostra en el verano de 2007 está huérfana de prueba».

La sala estima la alegación respecto a la ausencia de negligencia imputable a las acciones y omisiones del entonces consejero.

La demanda de acción social de responsabilidad interpuesta por el banco en el que se integró Sa Nostra, BMN, ahora desestimada por la Audiencia, hace referencia a una operación inmobiliaria que llevó a cabo su filial Invernostra, y que recibía el nombre de «Proyecto Brickell».

Su propósito era ejecutar tres proyectos inmobiliarios en Estados Unidos, en concreto en Miami y Las Vegas. Para ello, Invernostra debía invertir 50 millones de dólares.