El Ajuntament de Palma recurre la sentencia que cuestiona las oposiciones de Policía.

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Los servicios jurídicos del Ajuntament de Palma han recurrido la sentencia de un tribunal que ha declarado nulas las oposiciones para cubrir 101 plazas de la Policía Local que se resolvieron el año pasado y que han concluido con la incorporación, hace unos meses y después del curso de formación, de 87 nuevos agentes.

Fuentes de Cort aseguraron que la sentencia ya está apelada y que el recurso, «ahora tiene que seguir su trámite jurídico». Las mismas fuentes destacaron que el juez no ha impuesto ninguna medida cautelar en este sentido y quisieron lanzar un    mensaje de tranquilidad a los policías que aprobaron las oposiciones sobre la legalidad del proceso selectivo.

En este sentido, desde el Consistorio afirmaron que en dicho proceso, promovido por el área de Seguretat Ciutadana, «no ha habido ninguna irregularidad». Las mismas fuentes remarcaron que el recurso presentado ante el tribunal defiende que lo único que se hizo «fue acordar un criterio unánime» para que los examinadores pudieran puntuar los diferentes ejercicios.

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Cabe recordar que el juzgado de lo Contencioso 1 de Palma ha declarado nula la tercera de las pruebas de la oposición para el acceso a la Policía. La juez, en una sentencia dictada el 25 de abril, ha aceptado el recurso de tres de los aspirantes que cuestionaban la manera en la que se había calificado ese examen en concreto.

El tribunal calificador alteró después de la prueba la puntuación que se daba a cada una de las preguntas. De esta forma, la sentencia señala que se impidió a los aspirantes conocer cuáles eran las que más relevancia tenían y centrarse así en ellas. Entiende que se vulneraron los principios de publicidad en la prueba y por eso, la declara nula y con ella, todas las consecuencias posteriores.

La decisión judicial, de ser firme plantearía problemas en la gestión de la ejecución de la sentencia por parte de Cort. Si bien es un escenario aún muy lejano en el tiempo. El Consistorio puede recurrir la sentencia del juzgado de lo Contencioso ante el TSJIB y posteriormente ante el Supremo en un proceso judicial que aún duraría años. Los recursos de los aspirantes también impugnaban otros aspectos como la propia convocatoria, que decían que no tenía consignación presupuestaria. Estas alegaciones son rechazadas por la sentencia.