El Pleno del Tribunal Constitucional abordaba la admisión a trámite del recurso esta semana. | Javier Lizán

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El Tribunal Superior de Justicia aprecia una posible inconstitucionalidad de la Ley de Residuos de Baleares por invadir competencias estatales y también por vulnerar el artículo 23 de la Constitución, que regula el derecho a la participación en asuntos públicos. En concreto, la tacha de inconstitucionalidad la aprecia la Sala de lo Contencioso Administrativo en el artículo de la norma que marca como objetivo que en las Islas se recicle como mínimo el 75 por ciento de los envases no industriales antes del año 2030.

La normativa autonómica entró en vigor ahora hace justo cinco años, en febrero de 2019. Establecía una serie de criterios nuevos en materia de reciclaje, los más llamativos tenían que ver con la prohibición de plásticos y envases de un solo uso. En base a ella se ha sancionado incluso el uso de envases monodosis en hamburgueserías.

Contra la normativa se han interpuesto varios recursos contenciosos. A partir de su examen, los magistrados plantean una posible existencia de una vulneración constitucional en el articulado, aún en una parte del mismo que se limita a marcar los objetivos a cumplir. De ahí, el planteamiento de una cuestión al Tribunal Constitucional para que sea este órgano quien decida sobre la adecuación o no de la normativa autonómica.

El asunto, de hecho, ha sido abordado ya por el pleno del Tribunal Constitucional de esta semana para decidir su admisión a trámite. A partir de ahí, la decisión tardará varios meses en ser definitiva.

La aprobación de la normativa en el año 2019 ya estuvo acompañada por pegas por parte del Gobierno Central por una posible invasión de sus competencias. En aquella ocasión, las discrepancias se ventilaron en una comisión bilateral. La discusión se centró entonces en la limitación a productos de un solo uso, como cápsulas de café o de platos y vasos de plástico. También en los cobros por generación de residuos que contempla la normativa Balear. Ese conflicto se resolvió a través de una negociación y el Estado Central no llegó a elevar el asunto ante el Tribunal Constiticional al que llega ahora por la decisión de la Sala de lo Contencioso.