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La Fiscalía Superior de Cataluña ha presentado este miércoles una querella contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por un presunto delito de desobediencia al no acatar la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos amarillos y las 'esteladas' de los edificios públicos.

En la querella, el fiscal superior Francisco Bañeres pide, entre otras actuaciones, citar a declarar al presidente del Govern, y que la Conselleria de Presidencia envíe copia del informe de sus Servicios Jurídicos «relativo al mantenimiento de simbología en las sedes de la Administración autonómica en período electoral».

También pide a la Jefatura de Policía de Cataluña sus actas de comprobación con relación a informes de la Delegación del Gobierno en cumplimiento de los acuerdos de la JEC; y al comisario jefe de Mossos d'Esquadra, que informe «acerca del debido cumplimiento de lo resuelto por la Junta» el 21 de marzo.

La querella alega que Torra procedió «deliberadamente a desatender» el mandato de la JEC, manteniendo los objetos aunque fuera de manera encubierta o simbólica a través de elementos de la misma naturaleza ideológica y partidista, representativa solo de postulados de una parte de la sociedad, según el texto del fiscal.

Para él, la negativa a cumplir esa orden de la JEC «no puede quedar enmascarada» por sustituir esos símbolos por otros ni por acudir entonces a órganos diferentes a la JEC --Torra pidió un informe al Síndic de Greuges, aunque la querella no lo cita--.

Y el texto constata que la jurisprudencia sobre el artículo 410 del Código Penal --desobediencia-- es clara sobre que negarse abiertamente a obedecer no tiene por qué ser una reacción contundense y explícita, sino que puede expresarse con «una reiterada y evidente pasividad».

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La Fiscalía General del Estado recibió el expediente de la JEC en el que expone y detalla el «incumplimiento consciente y reiterado» por parte de Torra de los acuerdos de la Junta de 11 y 18 de marzo de 2019, y después remitió a la Fiscalía catalana el informe del órgano supervisor.

El expediente que la JEC entregó al Ministerio Público incluía toda la documentación producida a lo largo de los diez días en que Torra no llevó a cabo las órdenes de la JEC, y también se aportaban las comunicaciones que la JEC envió al presidente de la Generalitat y la que, a su vez, éste ha remitido al organismo de control.

En el primer acuerdo, la JEC daba a Torra un plazo de 48 horas para que ordenase la retirada de todas las banderas 'esteladas' y lazos amarillos de los edificios públicos con el fin de cumplir con el deber de neutralidad política de los poderes públicos ante las elecciones generales del 28 de abril.

Tras la negativa del presidente catalán, el órgano supervisor de procesos electorales le advirtió de «las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales, en que pudiera incurrir si no cumplía el acuerdo.

Asimismo, la JEC anunció la apertura de un expediente sancionador por no haber accedido a cumplir las órdenes, que podría desembocar en una sanción de 300 a 3.000 euros y ordenó a la Conselleria de Interior para que los Mossos d'Esquadra retiraran los símbolos.
Además, acordó enviar las diligencias al Ministerio Público por las responsabilidades penales en que haya podido incurrir Torra.

Una vez que el informe de la JEC fue recibido por la Fiscalía General del Estado, se envió a la Superior de Cataluña «a fin de que, una vez tenga conocimiento de todas las actuaciones, se proceda a ejercitar acciones penales, interponiendo la correspondiente querella».