Manifestación a favor del paso público por Ternelles celebrada en octubre de 2009 y que acabó con la destitución del regidor Cifre Bennàssar. | Teresa Ayuga

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El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) decidirá el 15 de septiembre si se debe excluir de acceso público del Camí de Ternelles (reconocida por el Tribunal Supremo en febrero) del planeamiento urbanístico de Pollença dado que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Serra calificó los 65 metros finales del camino a la Cala y 490 metros del Camí de Cala Castell como zonas de exclusión.

Cabe recordar que el Supremo dictaminó que el camino es de propiedad privada aunque existe un derecho público de paso. Así, la propiedad puso un contencioso contra el Ajuntament por no excluir la servidumbre de paso de esta vía del Plan General de Ordenación Urbana de Pollença cuando se aprobó en 2007 el PORN.

La propiedad y el Ajuntament llevan años pleiteando por el Camí de Ternelles. El origen de la disputa está en la inclusión de la vía en el catálogo municipal de caminos públicos en 2008. Tras un largo periplo judicial el Supremo dictó en febrero lo que muchos han calificado como un fallo salomónico: el camino es privado pero existe una servidumbre de paso sobre el mismo.

El Supremo desestimó así el recurso presentado por la propiedad contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Balears que en febrero de 2013 había confirmado una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia de Inca que ya determinó la titularidad privada y el derecho público de paso.