Fotografía de archivo del 08/04/2012 del torero Víctor Barrio. | Efe

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Una jueza de Paterna (Valencia) ha ordenado el archivo provisional de la denuncia que un abogado interpuso a título personal contra la persona que hizo comentarios en una red social sobre la muerte del torero Víctor Barrio, que falleció en julio tras sufrir una cornada.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Paterna considera que los delitos de injurias o vejación injusta grave deben ser perseguidos por el ofendido o sus herederos, y no aprecia indicios de incitación al odio.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia han señalado que el Juzgado número 3 de Paterna tiene fijado para el próximo viernes el acto de conciliación instado por los familiares de Barrio contra una persona por supuestas injurias a través de la red social Facebook, como acto previo a la interposición de la querella, que pueden presentar o no.

Según ha informado el TSJCV en un comunicado, la jueza explica en su auto, fechado el pasado 5 de septiembre y que ha adelantado El Mundo, que acuerda el sobreseimiento provisional de la denuncia «en tanto no se interponga por los herederos del fallecido la correspondiente querella o denuncia, como requisito de procedibilidad».

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Además, la instructora no comparte el criterio del denunciante en cuanto al segundo delito denunciado, el de incitación al odio, por entender que lo escrito por el denunciado no exhorta a la población «a cometer actos de odio o violencia contra un colectivo».

La denuncia fue interpuesta por un abogado, a título personal, contra un maestro valenciano que en su cuenta de Facebook lanzó insultos vejatorios contra el torero y cuya actitud fue reprochada por la Generalitat, aunque el autor denunció que piratearon su cuenta y él no era el autor de los insultos.

La jueza abre y cierra la causa en un mismo trámite en tanto que no se interponga querella o denuncia por los herederos del fallecido, lo cual podría producirse tras el citado acto de este viernes.

Según el auto, contra la resolución cabía interponer recurso de reforma en el plazo de tres días a contar desde el siguiente a su notificación.