Alejandro de Abarca, durante el juicio. | Alejandro Sepúlveda

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Condena abultada, pero menos gruesa de lo esperado. Alejandro de Abarca tendrá que cumplir una pena de 33 años y medio de prisión por el secuestro y asesinato de Ana Niculai. Son once años menos de lo que solicitó el fiscal tras el demoledor veredicto del jurado popular y trece menos de lo que reclamaban las acusaciones particulares.

La sentencia recoge los mismos hechos probados que ya señaló el jurado pero, a diferencia de las acusaciones, interpreta que existió desde el principio la intención de matar a la joven de 24 años. «Lo primero que realizó tras secuestrar a Ana fue ir al lugar donde diez horas después le daría muerte, seguidamente compró la gasolina con la que la rociaría». De esta manera concluye que el resto de delitos, el secuestro y el incendio del coche tenían como finalidad matar a la víctima y «borrar los máximos vestigios de su actuación criminal».

Diferencia final

Esta conclusión de la magistrada que presidió el tribunal es lo que explica la diferencia en la pena final que impone con lo que pedían las acusaciones. Tanto la Fiscalía como los letrados que representaban a los familiares pedían que se le impusiera a Abarca penas de nueve años de cárcel por el secuestro y de cuatro por los daños y el incendio.

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La sentencia señala que optar por esa fórmula supondría castigar dos veces el mismo delito. De esta manera incluye dentro del asesinato estas penas. Abarca queda condenado a 25 años por el delito más grave que además tiene dos agravantes, uno por aumentar el sufrimiento de la víctima en el secuestro y otro por matarla en un lugar apartado.

La condena sí recoge de forma íntegra las cantidades que reclaman los hermanos y el novio de Niculai como indemnización. El acusado tendrá que abonar 100.000 euros a cada familiar hasta un total de 1,1 millones de euros.

Además del asesinato, la sentencia impone penas a Abarca por un delito de robo con fuerza por llevarse el coche de la víctima y quitarle los 500 euros que llevaba. Sobre los robos, la magistrada explica que se le podía haber condenado de forma diferenciada por el coche, pero que las acusaciones no reclamaron por ese delito y fija la pena de seis años por la reincidencia de Abarca. En cuanto a la conducción temeraria queda condenado a dos años, el mínimo de esta pena.

Los hechos probados recogen que Abarca había conocido a Ana Niculai dos semanas antes del crimen en el bar en el que ella trabajaba y que se había dirigido a ella y le preguntó si tenía novio, a lo que la joven reaccionó violentada. El 19 de julio de 2010 sobre las siete y media de la mañana, Abarca no regresó al centro donde cumplía condena en tercer grado y secuestró a la víctima. La tuvo todo el día secuestrada en el coche entre Muro y Palma y, por la tarde la comenzó a inyectar heroína. En torno a las ocho se dirigió al camí de s’Amarador de Muro. Allí roció a la joven con gasolina y prendió el coche. Ana Niculai murió asfixiada.

La sentencia del jurado puede ser recurrida ahora ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears.