Circulación de un patinete. | Assumpta Bassa - A. BASSA

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Se estima que en España hay actualmente circulando más de un millón de patinetes eléctricos, y todos ellos a día de hoy no necesitan pasar ninguna inspección obligatoria, pero esto tiene previsto cambiar a partir de 2024, la DGT ya ha avisado de una serie de nuevas normas que conviene tener en cuenta.

Según el Real Decreto 970/2020 la velocidad máxima que deben tener tiene que ser entre los 6 y 25 km/h, de esta manera no son considerados vehículos de motor. Hay mucha gente que los manipula para excederla. A mayor velocidad mayor posibilidad de producir o tener un siniestro que puede acabar con nuestra vida, de hecho ya se han dado varios casos.

A partir del año que viene será obligatorio al comprar un patinete que den un documento emitido por la Jefatura Central de Tráfico en el que se tiene que acreditar que dicho vehículo de movilidad personal cumple con todos los requisitos técnicos a nivel nacional e internacional, este certificado tiene que ser solicitado por los fabricantes o quienes los importen.

Si tienes un patinete comprado antes de dicha fecha se podrá circular hasta enero de 2027, así que de momento tienes tiempo. De momento lo que si es obligatorio es que la persona que lo conduzca debe llevar un elemento reflectante, y el vehículo debe contar además con luces, timbre, un sistema de frenado y dispositivos reflectantes tanto delante como detrás.

Consejos

Aunque no en todas las localidades en obligatorio, si que es recomendable utilizar un casco para nuestra seguridad y protección, ya que en caso de un golpe nuestro cuerpo es quien lo recibe, no tenemos mayor protección. Lo aconsejable es también contratar un seguro para estar totalmente tranquilos si tenemos o somos nosotros quienes producimos un accidente, actualmente se pueden encontrar en el mercado desde 20 euros al año con una responsabilidad civil de 150.000 euros.