Aixòésescolmo, home, parlo en general. Perquè notícies d'aquests tipus de sancions i actuacions (com toca) contra aquests abusos, que tant foten a la població, en tots els sentits, -menys de l'empresariutxo abusó, clar- , quasi no se veuen ni se fan.
Pep Marblau¿Ha leído ud. Artículo 225 del Real Decreto 876/2014; CAPÍTULO III (Competencias municipales), concretamente el apartado d)?
Pep MarblauCreo que el que necesita leer bien el Decreto es usted, Sr. Mar blau. Pese a la disposición adicional, existe una prohibición que afecta al Party Boat en las zonas señaladas en los anexos y por el que tiene competencias el Govern Balear y el Ajuntament de Calvià (que las tiene transferidas) y de no modificarse, estará vigente por el tiempo en que lo está el Decreto. Es decir, hasta 2025: Artículo 8. Fiestas y excursiones en barcos. Se prohíben las actuaciones siguientes en barcos, en cuanto a la celebración de fiestas o acontecimientos multitudinarios con suministro de alcohol: a) Su publicidad o comercialización en zonas afectadas por este decreto-ley. b) Que se recojan o devuelvan clientes en estas zonas para trasladarlos al puerto correspondiente. c) Que los barcos entren en las aguas interiores limítrofes en estas zonas.
XotDifícilment, sa Policia Local de Calvià pot anar a denunciar es Partyboats de Palma i altres llocs. No troba?
Es muy evidente que se promociona turismo etílico, múltiples modalidades y para todos los bolsillos, malo y muy difícil de cambiar esto. Por alguna razón no interesa cambiar calidad por cantidad.
Navajero Veloz, sí, "divertida" també ha de ser la contaminació a la mar que deixen, els tarats. FORA aquestes merdes!
CachiflaBuena noticia
PAPEL MOJADO Y POSTUREO DEL NUEVO AYUNTAMIENTO, que no saben no donde están... El embarcadero es competencia de costas, que aún están con el traspaso y totalmente paralizada, no es del ayuntamiento ni de sus agentes policiales. La embarcación es competencia de capitanía marítima y sólo pueden intervenir sus inspectores y la guardia civil del mar. La actividad es competencia de transport maritim del govern Balear. Y... por último la moratoria o prohibición de los party boats que se estableció hace unos años temporalmente ya acabó su vigencia y el anterior govern de Armengol no la renovó, y el actual está empardalado en otras cosas y su presidenta en sólo acudir a eventos estivales y hacerse fotos; es decir, no está vigente y por ello ahora están nuevamente permitidas estas actividades. La Disposición adicional segunda, que es la que afectaba a la party boats, era por dos años, en 2022 dejó de estar vigente y transports volviendo a tener que admitir declaraciones responsables para hacer la actividad. Tal es así, que han anunciado que multa, pero la actividad no la han, ni pueden pararla. En los barcos tampoco está prohibido tener música en el mar, vean la barca samba, los ferrys de Balaria con estudiantes o cuando hay algún festival, los cruceros que salen del puerto de Palma por su bahía con una fiesta a bordo tremenda y mucha música, ... Llevar música a bordo no está prohibido, ni limitado. Este que habla en el video Juan Feliu ni se ha leído el real decreto ley ese, la prohibición de publicidad, etc., es para locales, rutas por locales, por las calles. Puede decir que multa, que se la multa se la recurre cualquier estudiante de derecho malo y se la gana. Vamos por favor, ... hagan su trabajo y pongan a quien tiene que hacer su trabajo a hacerlo y legislar correctamente y quizás así acaben con esto; pero no vengan de iluminados donde no tienen competencias contra algo que está permitido de nuevo, gracias a Armengol y ahora a Prohens que debe estar de vacaciones.
xiscoEn tierra, y maniatada.
Pero si eso lo facturan en un par de dias!!! Multarlos con 500.000 minimo y se acaba el problema de raiz