20 metros cuadrados ¿el kiosko?¿o incluye tambien la terraza? si incluye la terraza,nadie optará por la concesión .
Venga putear al personal, poco les importan los puestos de trabajo, para ellos es mas inportante una familia de gorriones que una familia de personas...ESTO DA ASCO
Gob. Pq no os metéis con Capellans, con Pollensa, o Alcudia? Espera. Quizás es porque integrantes y simpatizantes tienen propiedad ahí. No merecéis ningún respeto desde el momento que no actuáis por igual en toda la isla
Radicalismo oportunista!! Porqué no frenasteis la vulneración de la ley de costas en Calvià y Andratx? Jamás se había puesto tanto cemento como en la década de los 90 en estas zonas, por no hablar del gravísimo atentado ecológico hecho con la ampliación del Port Adriano, un muro sobre una extensa pradera de posidonia y todo para que los millonarios tengan su gran yate en Mallorca y así un largo etc.
Ir a limpiar las playas que dan asco y menos bla bla bla que lo que estáis haciendo es destrozar Mallorca
Aquesta notícia fa referència a la superfície dels quioscs, no a la separació mínima entre ells. La normativa balear no fou establerta per cap verd radical sinó per l'anterior conseller de la matèria territorial un tal Gabriel Company, actualment cap dels populars.
Si no fos pel GOB, els hotels i la brossa m'hos passarien per damunt. Molt be GOB i Terra ferida i com deia el padri, "alerta que tenim l'enemic dins ca nostra"
Es trist escoltar comentaris com el de campaner, esparec . ..Es que no estimau la vostra terra? Teniu tans beneficis que claudicau a la primera? No es natural ni logic que volgueu tant de fems a un dels pocs espaïs que queden.Per no parlar de l'escritura marciana de n'esparec, Quin nivellasso..............
Me parece que la noticia o está mal redactada o desde el GOB no se han informado bien, ya que los 100 m de separación son para el caso de playas urbanas. Es trenc está considerada playa natural, y tal y como establece el Reglamento de Costas: Artículo 68. Ocupaciones en los tramos naturales de las playas. Las ocupaciones en los tramos naturales de las playas deberán observar los siguientes requisitos: 1. Las actividades e instalaciones se someterán a las siguientes reglas: a) Podrán autorizarse las actividades o instalaciones a las que se refiere la letra a) del apartado 2 del artículo 61. b) La ocupación de los establecimientos expendedores de comidas y bebidas no excederá de 70 metros cuadrados, de los cuales, 20, como máximo, podrán destinarse a instalación cerrada. Estas instalaciones serán de temporada y desmontables en todos sus elementos. La distancia entre estos establecimientos no podrá ser inferior a 300 metros. Así que si la ley establece eso, pues a acatar las normas!
Clar que optaran Miguel, si això és un negoci rodó. Mira el de Mongragó que ha sortit adjudicat per 393.000 €.