Achuchado: independientemente de consideraciones legales, la duda que yo te planteaba era si esta ordenanza va a ser efectiva, teniendo en cuenta lo fácil que es que se de a la fuga el ciclista. Además parece que no se aplica con rigor, es decir que hay mucha tolerancia policial ...
Veo que no has leido mi primera respuesta, ya que incido en lo de IDENTIFICARSE A LA VICTIMA, creo que antes de criticarme, deberias fijarte en mi comentario anterior. Antes de meter la pata, "abogaaado" (buena peli el remaque de "Cape Fear", un papelazo el de Robert de Niro) le mi primer comentario al respecto. Gracias. Y si, por la conocida como "Corcuera", se puede trasladar a dependencias policiales para denunciar o identificar, con todas las garantías legales, por supuesto. Y como dices, si es obligatorio el identificarse en un accidente de tráfico (aunque sea con una bici implicada).
achuchado, no es del todo cierto eso que dices, y con el tono que utilizas... Escapar del lugar, es un concepto muy relativo. Pongamos que hay heridos leves y yo estoy implicado (lo que no quiere decir responsable)si no se requiere asistencia sanitaria in situ, facilito mis datos al contrario y me voy, no infrinjo norma alguna, no me doy a la fuga. Si me quieres retener contra mi voluntad, vas a tener problemas, te lo garantizo. Ten en cuenta que estamos hablando de accidentes de tráfico, que al final en el juzgado son siempre calificados de falta por imprudencia leve. En el caso que se requiera asistencia sanitaria in situ, si esta es requerida o se ha personado ya en el lugar y me voy después de facilitar los datos, no infrinjo ni una norma administrativa, si tu pretendes retenerme contra mi voluntad infringes el código Penal, tendrás problemas seguro, ese no es el camino. El único supuesto posible sería una denegación de auxilio en caso de herido grave y si la víctima quedara desamparada, porque si eso sucede en zona urbana o transitada tampoco se considera denegación, porque se entiende que la víctima podrá ser atendida. Puedo facilitar mis datos y ausentarme, infringiendo el Reglamento General de Circulación, no pretendas retenerme hasta la llegada de la Policía porque tendrás problemas.Incluso en el caso extremo y grave que la víctima falleciera en el lugar al instante, la denegación de auxilio es una figura imposible, ya que no hay nada que auxiliar. Resumiendo porque no voy a poner todos los supuestos, no recomiendo a nadie que retenga a otro contra su voluntad salvo que se haya cometido un delito, cosa posible pero muy difícil en un ciclista ya que no es un vehículo a motor ni un ciclomotor. No lo recomiendo a nadie, incluso la Policía debe justificar la retención de una persona por la ley 1/92. Hay que ir con cuidado con los consejos que se dan por favor, que atropellar a un peatón con una bicicleta y ausentarse no es nada ético, pero sin duda alguna retener a una persona contra su voluntad ( y ya no hablemos si la retienes empleando fuerza o violencia) es penalmente mucho más grave. Aurrevoir
JAJJAJAJAJAAAAAA. Tu si que eres lastimoso, eso de que "sabes del tema", poniendo el ejemplo de tu amiga, JAJAJJAAAAAAAAAAAAAAAAAAA, no tienes ni p. idea. Es OBLIGATORIO, en un accidente, que se identifiquen las partes implicadas y si hay heridos, el necesario atestado policial, y que no hay ni un solo juez que condene a la víctima de un accidente por impedir que el que lo ha golpeado escape del lugar, no dices mas que tonterias. Gente como tu es la que crea confusión a los demás. Anda, lee un poquito, que te hace falta.
y me ha encantado lo de : los que sabemos del tema, penoso.
bueno achuchado, te dejaré con tu master en derecho, una falta de lesiones por imprudencia (y habría que ver quien es el responsable) no justifican nunca nunca nunca la comisión de un delito de coacciones. Y lo digo por experiencia PROFESIONAL, munisipalet, consúltalo con tus superiores a ver que te dicen. Anam ben arregladats con el consejero legal, maremeva!!!!
A "pep", el que no sabe de lo que habla eres tu. El caso de tu amiga no es el mismo, no es lo mismo una denuncia de tráfico ( quiso que denunciar una infracción cometiendo ella misma una infracción mucho mayor y, efectivamente, unas coacciones ademas de una estupidez) que una lesiones. Y aplicate lo que tu dices, deja a los que sabemos del tema. Tu si que metes la pata hasta lo mas profundo. Tonterias que hay que leer, por Dios.
toni, no facis cas del consell de achuchado de retenir al ciclista, perquè si ho fas i ell te denuncia te caurà es pel. Una amiga meva tenia un gual, va trobar un cotxo aparcat davant y no podia entrar. Va cridar el 092 i una estoneta després va venir l'amo del cotxe, i la meva amiga no va tenir millor idea que retenir al cotxe i a l'amo fins que arribàs sa policia perquè el denunciàs, aparcant el seu cotxe en doble fila davant es gual. Com la policia va tardar devers una hora, aquell homo, indignat, va romandre allà una hora sense poder partir. En arribar la Policia va denunciar al que havia aparcat al gual, 90 €, el del cotxe va denunciar al jutjat la senyora per no deixar-lo partir, resultat: 800 € de multa per coaccions per la meva amiga. O sigui, cuidadín amb aquests consells. Achuchado, ja te basta en fer de policia, deixa els consells pels advocats o per gent que en sàpiga un poc, que fiques la pota fins ben endins. Vaja consells que dones....així anam
http://blogs.elpais.com/love-bicis/2012/03/si-vas-en-bici-eres-listo.html
Pep, Achuchado, Abogaaado y Toni: Si se produce un ACCIDENTE, lo lógico y deseable es que las partes se identifiquen de forma voluntaria, aunque existe la OBLIGACION de intercambiarse las identidades siempre que exista daños en las cosas o lesiones a terceros (leves o graves), por tanto existe una JUSTIFICACION LEGAL para obligar a la parte que, de la forma que fuera, se niegue u omita su identidad. Después ya se verá, si se tiene que ver, el caso delante de un juez. Gracias