joan ME IBA A DORMIR Y NO HABíA LEÍDO TU LARGA EPíSTOLA, SOLO DECIRTE QUE POR LA BOCA MUERE EL PEZ, LOS ÚNICOS JEFES QUE YO TENGO SON LOS TURISTAS BASURA QUE NO ME DEJAN DORMIR, SIENTO DESILUSIONARTE, recordarte finalmente que procesar no es condenar Y AHORA CIAO
INSULTANTE JOAN MÍRALO COMO QUIERAS, CREO QUE NO DAS MáS DE SÍ, SE LES PODRÁ ACUSAR DE PERTENENCIA A GRUPO CRIMINAL SI COMETEN DELITOS O FALTAS -HURTOS, ROBOS ETC., EL SIMPLE JUEGO DEL TRILE ES UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATTIVA DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES. TAMBIÉN SE LES PODRÍA ACUSAR DEL ASESINATO DE J.F.K. POR CIERTO SI LES HAS VISTO HURTAR, ¿COMO NO LOS COGISTES EN EL MISMO MOMENTO?.¿TENÍAS QUE ESPERAR LA FOTO? Espero dormir si el turismo basura me lo permite
vale han detenido a los que están ahí de toda la vida, los que todos sabemos. ¿¿Vendrán ahora 4 collas de rumanos a ocupar el vació?? Ni me quejo de como se ha hecho ni nada (aunque 60 agentes para pillar 4 o 5 gitanos, dice mucho de los gitanos y poco de los policías), pero excepticismo a tope sobre el futuro sí que tengo, parecen actuaciones para la foto,
Por favor, policías nacionales y policías locales, por qué os picáis? No lo entiendo. Alguien me lo puede explica?. Los palmesanos sólo queremos que nuestra ciudad sea segura o al menos, que tengamos esa sensación. Por qué esos celos profesionales? Un cuerpo debería apoyar al otro y viceversa. Si al final, seguro que nacional y local coincidís en las mismas llamadas, porque muchas veces veo que a una misma cosa van los dos cuerpos. Remad en la misma dirección que ya tenemos bastante los ciudadanos con los problemas de una justicia obsoleta para que sis policías desgasten sis energías en desprestigiarse unos a otros. La verdad, de vergüenza . Va por jajaja , joan y demás locales y nacionales
jajajaja, crees que una colla de trile no tiene como objeto la perpetración concertada de delitos o la reiteración de faltas? Luchamos contra lo mismo, no hagas el papeló por favor
jajajaja y resumiedo: "...se podrá apreciar la existencia de un grupo criminal siempre que el mismo tenga por finalidad o por objeto la perpetración concertada de delitos o la comisión concertada y reiterada de faltas" Como es este caso.
bueno jajajaja, sigues haciendo el papelón. Por favor ponte al día, 570 tercero muchachín, contempla que un grupo con papeles definidos es un grupo u organización criminal. En estos casos , deberías saber que el trile es un juego, pero la actuación de los trileros comprende habitualmente y en estos casos en concreto robos con intimidación y robos con violencia, faltas de hurto y estafas. Si no es así, ¿como te explicas que se impusieran medidas cautelares desde el juzgado por este delito? Acaso sabes tu más que los jueces. Y dejemos los insultos, centrate en rebatirme esto, artículo 570 tercero , que es lo por lo que han sido procesados toda esta tropa. Ponte al día, te lo repito, perdona mis descalificaciones anteriores, pero ponte al día, o consúltalo con tus mandos. Sin acritud: 2.2. GRUPOS CRIMINALES. A continuación el Código Penal, modificado castiga en el art. 570 ter a los que constituyeren, financiaren o integraren un grupo criminal, tal como resulta del precepto citado la reforma del Código Penal distingue entre las organizaciones criminales y los grupos criminales. La diferencia entre organización criminal y grupo criminal consiste según el art. 570 ter párrafo 1. letra c) en que la estabilidad y permanencia que se requiere para que nos encontremos en presencia de una organización criminal no es exigible tratándose de grupos criminales ya que a los efectos del Código Penal se entiende por grupo criminal la unión de más de dos personas que sin reunir alguna o algunas de las características de la organización criminal, es decir, cuando se trate de organizaciones de tipo transitorio o bien que no exista entre los miembros de la misma jerarquía se podrá apreciar la existencia de un grupo criminal siempre que el mismo tenga por finalidad o por objeto la perpetración concertada de delitos o la comisión concertada y reiterada de faltas. A diferencia de lo que ocurre con las organizaciones criminales, en el caso de los grupos criminales, no se distingue entre la constitución o coordinación del grupo y la mera participación sino que de forma unitaria se castiga a quienes constituyen, financian, o integran un grupo criminal . En conclusión, la distinción entre organización y grupo criminal estriba en el carácter coyuntural del grupo criminal. Tampoco es necesario que controles todo el código penal, cada uno a lo suyo, no somos ni abogados ni jueces, pero en este caso has metido la gamba. Un saludo y aprende a reconocer los errores
tal joan como veo que eres de la p. local, te diré que no criticaba su actuación, pero insisto en que tus conocimientos del c. penal son similares a los míos en astro física. 0 patatero y no insultes, yo no me meto con tus multas.
Para el tal joan y lo pongo con minúsculas ya que además de no tener ni idea del codigo penal, ni siquiera sabes leer "Artículo 570 bis 1. Quienes promovieren, constituyeren, organizaren, coordinaren o dirigieren una organización criminal serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años si aquélla tuviere por finalidad u objeto la comisión de delitos graves, y con la pena de prisión de tres a seis años en los demás casos" el trile no es ha sido y no será delito alguno. Como de insultar si entiendes te diré que eres ridículo y muy ignorante
A mi personalmente ma da lo mismo quien actue, en este caso lo ha hecho la policia local, chapo, y si aparece otra banda espero que lo repitan de nuevo. Con tal de quitar a esta chusma de en medio, como si viene el ejercito, yo no quiero esta chusma en mi tierra, daña la imagen turistica de la cual TODOS vivimos.