La nueva ley le da un carácter "excepcional" al uso del suelo rústico. | J. TORRES

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El Govern aprobará hoy el Proyecto de Ley del Suelo, que contempla que el uso del suelo rústico tendrá un carácter «excepcional» a la hora de construir en él viviendas unifamiliares, dándole así una mayor protección restringiendo los parámetros de edificación y ocupación, mientras que, por otro lado, regula las Areas de Reconversión Territorial (ART) para que realmente sean «racionales» y respondan a su objetivo evitando así que se conviertan en una fórmula de aprovechamiento del suelo con fines económicos.

Las principales novedades son las reducciones de ocupación y edificación, de forma que establece que la superficie máxima construible en suelo rústico no podrá superar el 2 por ciento de la superficie de la parcela, en caso de que se trate de una instalación de interés general (actividades agrarias, ganaderas y forestales), y el 1 por ciento si se pretende construir una vivienda unifamiliar.

Además, la altura máxima de los edificios de dos plantas en suelo rústico pasarán de 8 a 7 metros, mientras que el volumen máximo de los mismos, ya sean casas unifamiliares o edificios de interés general se reducirá de 1.500 a 1.300 metros cuadrados. Asimismo, la nueva normativa también prohibirá construir en pendientes superiores al 15 por ciento.

Inicio de la tramitación

Con la aprobación del Proyecto de Ley, el Ejecutivo balear iniciará la tramitación de esta normativa en el Parlament, donde, a su vez, UM registró ayer una Proposición de Ley del Suelo, que ya cuenta con el apoyo del PP para aceptar en el Pleno su toma en consideración.

El Govern dará su visto bueno a esta iniciativa, después de que el pasado 12 de enero de 2009, el entonces conseller de Movilidad y Ordenación del Territorio y actual conseller de Medio Ambiente y Movilidad, Gabriel Vicens, presentara el anteproyecto de la Ley del Suelo.

Fuentes del Govern informaron a Europa Press de que la iniciativa que se aprobará mañana es prácticamente el anteproyecto planteado por Vicens, a excepción de la introducción de algunas modificaciones técnicas, a petición de diferentes entidades y organismos afectados por la normativa con los que el Ejecutivo ha mantenido reuniones durante los últimos meses, entre ellos, los Consells Insulares, los Ayuntamientos, arquitectos, sectores profesionales y entidades agrarias y ecologistas.

Anteproyecto pactado con UM

Asimismo, remarcaron que este anteproyecto estaba pactado entre las formaciones que conformaban el Ejecutivo balear en 2009, de manera que señalaron que también contaba con el acuerdo de UM, partido que participó en su elaboración, ya que era una Ley «del Govern y no de un partido determinado».

Precisamente, el anteproyecto fue elaborado por una Comisión específica, formada por los Consells Insulares, las Consellerias de Vivienda, Medio Ambiente y Movilidad, el Ayuntamiento de Palma y la Abogacía de la Comunidad Autónoma.

De esta forma, UM habría participado a través de la Conselleria de Medio Ambiente, que antes de la expulsión de este partido del Ejecutivo balear, gestionaba Miquel Angel Grimalt, si bien el Govern ya recalcó en su día que los técnicos de este departamento que hicieron sus aportaciones al anteproyecto de Ley del Suelo actuaron como Govern y no en representación de los uemitas.

Una vez se apruebe esta normativa, que establece que el 30 por ciento del suelo urbano o urbanizable deberá ser destinado a vivienda de protección pública, Baleares dejará de ser la última Comunidad Autónoma sin contar con una Ley del Suelo propia.

Urbanismo regulado por una ley de 1976

En este sentido, actualmente, el urbanismo y la ordenación del territorio en Baleares se rigen por una Ley estatal aprobada en 1976, que quedará derogada en las islas con el nuevo texto, que supondrá la modificación o derogación de más de 20 normas territoriales y urbanísticas.

Entre las principales novedades de la nueva Ley, destaca la ampliación de la responsabilidad de las infracciones urbanísticas, de forma que ya no sólo serán responsables los promotores y los constructores de las obras, sino también los titulares, directores y explotadores de establecimientos, los técnicos titulares, el director de las obras y de las instalaciones, los notarios y registradores de la propiedad, los titulares y los miembros de los órganos administrativos, así como los funcionarios públicos en función de sus competencias.

Además, la Ley también restringe el concepto de suelo urbano para evitar la creación de falsos urbanos en las islas o que suelos rústicos pasen directamente a urbanos sin la transformación que debería ser normal y preceptiva.

En cuanto a las infracciones si se comete una ilegalidad urbanística, la normativa establece que en caso de que el responsable la solucione por sí mismo para adaptarla a la legalidad en los plazos que dispone la resolución del expediente, se reducirá en un 80 por ciento la multa impuesta en el procedimiento sancionador. Asimismo, esta reducción sería del 95 por ciento si la reposición se hiciera de manera voluntaria antes de la resolución definitiva del procedimiento sancionador.

Respecto a las ART, la Ley permitirá que éstas sean «racionales», de manera que la normativa las regulará y, luego, serán los propios Consells Insulares los que harán su propia reglamentación.