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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de ocho años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial a un joven de 22 años de edad por agredir al menos en cinco ocasiones a su novia, menor de edad. Dos de las palizas se produjeron cuando la joven estaba embarazada. Tras el ataque más violento, el agresor llegó a encerrar doce días a su pareja en la casa que ambos compartían en Camp Redó.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Palma había condenado a un total de ocho años y tres meses de prisión al agresor. Además le impuso una orden de alejamiento de diez años respecto a la víctima. La Sala le consideró culpable de siete delitos: cinco de malos tratos, uno de maltrato habitual y, por último la retención ilegal.
Los hechos ocurrieron a partir del año 2005, cuando el agresor y la víctima comenzaron a convivir. «Desde el inicio de la relación, vino ejerciendo sobre ella una situación de dominación y de poder, siendo frecuentes los actos de violencia», afirma el fallo. La última de las agresiones, que desencadenó el secuestro se produjo en agosto del año pasado. En aquel momento la menor estaba embarazada de ocho meses. El condenado dio «dos guantazos», según dijo en el juicio a la joven porque no le hacía caso. Después volvió a abofetearla porque se negó a acompañarlo a recoger chatarra.
La joven dijo en ese momento que quería abandonarlo y el agresor replicó con una paliza al tiempo que le amenazó: «Si no eres mía no lo serás de nadie y te cogeré y te llevaré a un descampado y allí te daré dos tiros».
En el recurso ante el Supremo, la defensa del condenado señaló que no existió suficiente prueba de cargo para condenarle. A este respecto, el Alto Tribunal hace notar que él mismo había reconocido que golpeó en dos ocasiones a su pareja, lo que se une a la declaración de la víctima como elementos de prueba. Además recuerda que compete al tribunal que juzga valorar la credibilidad de las distintas versiones.