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La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a penas de dos años de prisión a los cinco acusados por una estafa millonaria en la que emitieron seguros falsos de circulación a más de 2.000 vehículos en los años 2002 y 2003.
La condena se sitúa en la línea de la petición que realizaban las defensas, una vez que los acusados confesaron los hechos y devolvieron el dinero defraudado. La Fiscalía mantuvo en el juicio una petición de nueve años de prisión. La sentencia considera probado que los cinco acusados pusieron en marcha una correduría de seguros en un despacho de Palma.
Coches de alquiler
Esta entidad en principio tenía un acuerdo para comercializar seguros, pero con una limitación: sólo podría emitir pólizas a particulares. Sin embargo, durante años, facturaron a empresas de alquiler de vehículos y a taxistas. Más tarde llegaron a emitir seguros directamente falsos a particulares. Con este mecanismo, los implicados en la trama se embolsaban el dinero que les entregaban a cambio de los seguros. El despacho llegó a comercializar seguros de la firma británica Lloyd's, algo para lo que no tenía autorización de esta compañía y para lo que hicieron un documento falso. El grupo también falsificó otros escritos, para camuflar que los vehículos a los que daba cobertura no tenían opción a ella.
La mayor damnificada por esta estafa es una compañía de alquiler que llegó a pagar 101 millones de pesetas para asegurar la totalidad de su flota, es decir, un total de 1.746 vehículos.
Algunos de estos vehículos que tenían una póliza falsa sufrieron accidentes, por lo que fueron los propietarios de los vehículos lo que tuvieron que hacer frente a los daños ocasionados.
En el juicio, los cinco acusados reconocieron los hechos y sus defensas solicitaron que se les aplicaran tres atenuantes: de reparación del daño, confesión y de dilaciones indebidas. De los tres, la Audiencia sólo acepta el primero, dado que devolvieron el dinero. Sin embargo, cree que la causa nunca estuvo paralizada y que su retraso se debe a su complejidad, por lo que no ha habido dilaciones indebidas. Sólo en uno de los casos la pena supera los dos años y se sitúa en dos años y cuatro meses, dado que el condenado tenía antecedentes.