Un total de 233 extranjeros que habían sido penados por
tribunales españoles consiguieron una autorización para trabajar
durante el primer semestre de este año, concedida por el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de
Ordenación de las Migraciones.
De ellos, según datos oficiales a los que ha tenido acceso
Europa Press, 171 habían obtenido el tercer grado penitenciario y
otros 62 se encontraban en libertad condicional.
Esta autorización puede concederse en virtud de un artículo del
Reglamento de la Ley de Extranjería, que otorga a la Dirección
General de Migraciones la capacidad de conceder validez de permiso
de trabajo a aquellos documentos oficiales o privados que se
determinen, cuando las circunstancias así lo aconsejen.
En cualquier caso, sólo pueden acceder a esta autorización
extranjeros condenados con penas de prisión de un año o periodos
inferiores, o cuyos antecedentes hayan sido cancelados, porque la
Ley contempla la expulsión para aquellos que hayan sido condenados
por un delito doloso, dentro o fuera de España, castigado con penas
superiores.
Además, según un documento de la Dirección General de
Migraciones, al que ha tenido acceso la agencia Europa Press, es
obligatorio que los presos tengan al menos el tercer grado ya que
se exige un certificado del centro penitenciario actualizado con
los plazos de condena.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.