Sobre el registro obligatorio de viajeros

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Con la entrada en vigor del Real Decreto 933/2021 el pasado 2 de diciembre de 2024, España ha implementado nuevas obligaciones para el registro de viajeros. Este cambio afecta a hoteles, hostales, apartamentos turísticos, plataformas digitales e incluso pequeños alojamientos rurales. Aunque el objetivo declarado es reforzar la seguridad y la regulación del sector, las implicaciones prácticas generan preocupación tanto en la industria turística como entre los propios viajeros.

El principal reto para las empresas del sector, es la complejidad administrativa que implica el registro de hasta 31 datos por huésped, incluyendo información personal, datos de la transacción y detalles específicos del lugar. La obligación de mantener registros durante tres años y de utilizar una plataforma informática específica (SES.Hospedajes) incrementa la carga operativa, particularmente para negocios con recursos tecnológicos limitados. Esto, a su vez, podría elevar los costos de gestión y provocar tensiones en un mercado que aún se recupera de los efectos de la pandemia.

Desde el punto de vista de los viajeros, esta normativa puede percibirse como una invasión a su privacidad, ya que incluye datos como la nacionalidad, el número de documento de identidad, y el método de pago. Organizaciones como CEHAT han expresado que estas medidas podrían desincentivar el turismo, especialmente cuando competimos con destinos europeos con regulaciones menos intrusivas.

Sin embargo, no todo es negativo. Para quienes logren adaptarse, esta normativa puede ser una oportunidad para fortalecer la confianza en la seguridad del turismo español. Además, herramientas tecnológicas como Chekin prometen automatizar parte del proceso, aliviando la carga administrativa para algunos negocios.