El tribunal de la Audiencia Nacional que le juzgó acordó el 27 de febrero del año pasado dejar en libertad a Rosell y a su socio el abogado andorrano Joan Besoli, que llevaban en prisión provisional desde el 25 de mayo de 2017, tras declarar en el juicio en el que estaban acusados de blanquear comisiones del expresidente de la Confederación Brasileña de Fútbol Ricardo Teixeira.
Tras haber quedado ambos absueltos han presentado una querella contra Carmen Lamela, la jueza que instruyó la causa en la Audiencia Nacional, por supuestos delitos de prevaricación y falsedad documental y la han interpuesto en el Tribunal Supremo, donde está destinada en la actualidad la magistrada.
En un tuit Andrés Maluenda, abogado de Sandro Rosell, explica que «la magistrada negó en tres ocasiones la existencia de una prueba documental compuesta por 1.200 folios que sí se encontraba en su Juzgado y cuando se solicitó a otro órgano dicha información se consiguió rápidamente».
Añade que la presentación de la querella «no obedece a un ánimo de perjudicar la imagen del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Supremo ni de la Justicia en general sino de depurar responsabilidades penales de una persona concreta en el ejercicio de su profesión como se haría en cualquier otro sector». La querella está pendiente de ser distribuida y de que sea admitida o no a trámite.
Por otra parte, según ha avanzado el diario El Mundo Rosell ultima además una demanda contra el Estado por daños y perjuicios de más de diez millones de euros.
La Audiencia Nacional absolvió el 24 de abril del año pasado a Sandro Rosell, que se enfrentaba a una petición de la Fiscalía de seis años de cárcel por blanquear supuestamente comisiones recibidas por Ricardo Teixeira al aplicarle el principio de «in dubio pro reo», es decir que en caso de duda se falla a favor del reo.
Además de Rosell y Besolí, fueron absueltos otros cuatro acusados de blanquear 20 millones de euros de esas comisiones por los derechos audiovisuales de 24 partidos de la selección brasileña de fútbol y de un contrato con Nike, entre ellos la esposa del primero, Marta Pineda.
Los magistrados explicaron en su sentencia que les habían quedado «dudas tanto en relación con la ilegalidad de las comisiones (soborno) y de las sospechas apuntadas sobre las distintas sociedades» investigadas.
La Sala cuestionó que lo que la acusación calificó de comisiones ilegales «pudieran ser retribuciones por actividades de negocio no reprochables penalmente».
También puso en duda que lo que la Fiscalía consideraba sociedades instrumentales, utilizadas con la finalidad de ocultar dinero, tuvieran en la práctica «una actividad real, que puede responder a esa actividad».
Consideraron verosímil que el entramado societario en el que se basó la Fiscalía para plantear su acusación tuviera una actividad real de mediación por parte de la empresa de Rosell, con un seguimiento y control durante los años que estuvo vigente hasta su rescisión en noviembre de 2009.
El pasado 3 de julio la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional confirmó la sentencia absolutoria al rechazar el recurso de la Fiscalía.
9 comentarios
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@Joan: Si alguna viabilidad puede tener la querella será únicamente de carácter penal, sencillamente porque no existe querella de otra naturaleza.
Joan estic d'acord en principi en tot, ara be hi ha possibilitat de que vagi endevant, senzillament el indici de denegar tres vegades, no una (un erro?) ni dues (confusió?) sino tres vegades uns documents si bordeja la prevaricació, com siguin documents importants i adients al cas la jutgesa Lamela si pot tenir problemes, que presumiblament es tractaran de diluir afegint aiga al vi, pero ja ho veurem, i la responsabilitat del Estat jo diria que es innegable just que l'haurem de pagar tots. Igual acaba en res pero per aquí tenim exemples de que si es possible que s'admeti, en que fa mal parlar sensa coneixer l'assumpte i la premsa no sol esser del toto fiable en aquests temes
Dudo mucho la viabilidad penal de la querella, porque es muy difícil demostrar la prevaricación de un juez, en el uso de sus funciones de instrucción, si no ha cometido un acto claramente ilícito. Más viabilidad le veo a la reclamación de daños por la responsabilidad civil de actos lesivos, que si no ilícitos si que se han demostrado innecesarios, aunque juega en contra el innegable corporativismo de los jueces. A ver si esta vez son capaces de reconocer el daño causado. Les va en ello el poco prestigio que les queda. (Y que conste que a mi da lo mismo que sea el Sr. Rosell, o Perico de los Palotes)
Es que aquí nunca pasa nada con los jueces. Son como los demás, deben pagar por sus errores.
Este es un caso mas del odio y la envidia hacia los catalanes por desgracia estos actos hacen subir el numero de separatistas espero que España nunca llegue a segregarse pero se debe cambiar de politica,Catalunya lleva siglos siendo solidaria con otras zonas de España pero se la utiliza para sacar provecho,por ejemplo cuando se dice que una partida economica se concede a Cataluña nunca se dice que la aportación catalana ha sido muy superior,esto se calla y ya tenemos a otras comunidades en pie de guerra,es muy lamentable y el resultado esta ahí tres millones de separatistas.
Si,Si demanda que algo quedará!!!
Como tengan las pruebas y consigan demostrarlas en un juicio, puede que sea uno de los grandes escándalos judiciales de la democracia.
La culpa es de Foren todo esto se coció en el palco del Bernabéu nunca te perdonará lo de Neymar
bien echo rosell,aunque creo que no servira de nada,por intentarlo........?