Entre los trece afectados se encuentran el diputado general de Gipuzkoa, Markel Olano, varios magistrados, una letrada de la Administración de Justicia, tres responsables de la Hacienda foral de este territorio, un notario, un periódico y varios profesionales de la información.
La sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, establece con rotundidad, «sin ningún género de dudas», que «tanto la titularidad» de las dos cuentas de Twitter cuestionadas como los mensajes difundidos «son autoría» del expresidente realista.
El documento asegura que Badiola utilizó estas cuentas, entre 2017 y 2018, para «desahogarse» de hechos como su destitución en 2008 de la presidencia de la Real Sociedad, el haber sido declarado judicialmente «culpable» del concurso de acreedores en el que entró el club, y encontrarse inmerso en distintos expedientes abiertos en su contra por la Hacienda foral.
El escrito concreta que debido al «malestar» de Badiola por estos hechos, los tuits contrarios a las víctimas se fueron extendiendo, «como una metástasis», a las funcionarias de Hacienda que intervinieron en estos asuntos, así como al diputado general de Gipuzkoa, Markel Olano, y al resto de perjudicados, quienes fueron acusados por el expresidente realista de «estar implicados en una trama de corrupción política, judicial, tributaria y periodística».
Para ello empleó de manera «clandestina» la citada red social con el fin de «mezclar» a la mayoría de las víctimas con informaciones relativas al denominado «caso Kote Cabezudo», el fotógrafo donostiarra condenado el pasado junio por distintos delitos de índole sexual, pornografía infantil y estafa a varias de sus modelos.
Un asunto «muy conocido y comentado» en Gipuzkoa y del que algunas páginas web comenzaron a publicar noticias, «espoleadas» por las declaraciones del letrado de algunas de las víctimas del caso, quien «insinuó» en las redes sociales y en «algunos programas de televisión» que en la trama «estaban implicados jueces, políticos, y personas poderosas».
Para condenar al procesado, la sentencia otorga ahora «plena credibilidad» y «valor probatorio» a las pesquisas sobre el caso realizadas por la Ertzaintza que, como declaró uno de sus agentes en el juicio, permitieron determinar que quien que se encontraba tras las citadas cuentas de Twitter era Badiola con una seguridad del «99,9 %».
Esta investigación policial fue practicada a partir de «fuentes abiertas» como las direcciones de los citados perfiles de la red social y la comprobación, mediante «un razonamiento técnico, lógico y plausible», de los datos de recuperación de sus contraseñas, las cuentas de correo electrónico y su vinculación con el número de teléfono móvil del acusado.
El texto judicial, que lamenta la negativa «constante» de Twitter, a «colaborar con el esclarecimiento de los hechos» durante toda la causa, desvela por otra parte que el acusado «no tomó ninguna cautela especial» para utilizar el primero de estos perfiles, más allá de «refugiarse en el anonimato que permite la red social».
En este sentido, destaca además que, sólo cuando su primer perfil fue bloqueado a petición de uno de los perjudicados, Badiola decidió adoptar «un plus de seguridad» al abrir la segunda cuenta, utilizando para ello un correo electrónico proporcionado por una empresa extrajera «que no facilita información» a la Policía «salvo en caso de delitos muy graves».
El escrito constata asimismo un «hecho relevante, esclarecedor y contundente» que permite completar el 100 % de seguridad sobre la implicación de Badiola en los hechos: la publicación en un tuit de una fotografía de una de las responsables de la Hacienda perjudicadas, que el acusado captó en dependencias de la Diputación de Gipuzkoa durante la tramitación de uno de los expedientes fiscales abiertos por la institución foral en su contra.
Una imagen que, según el testimonio «claro, rotundo y verosímil» de la funcionaria perjudicada, fue tomada «sin su permiso» por Badiola, quien al publicarla en Twitter cometió su «único fallo» en su intento de «mantener el anonimato» de su cuenta.
Por estos motivos, la sentencia considera ahora a Badiola responsable de ocho delitos continuados de calumnias hechas con publicidad en concurso de normas con un delito contra la integridad moral y de cinco delitos continuados de injurias graves hechas con publicidad en concurso de normas con un delito contra la integridad moral.
Además de las citadas penas de prisión, la resolución le impone multas que suman 180.000 euros y le obliga a compensar a sus víctimas con un total de 195.000 euros.
Durante la vista oral, la Fiscalía de Gipuzkoa reclamó penas de más de 60 años de cárcel y compensaciones de cerca de dos millones de euros para los afectados. Esta sentencia no es firme, ya que en su contra es posible interponer una recurso de apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa en un plazo de diez días.
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