04/06/99 0:00
I.O.
Las empresas que opten a la concesión de las apuestas fuera de los
hipódromos se situarán, a partir de la próxima semana, en la línea
de salida. La Orden que regula la explotación y gestión de las
apuestas externas saldrá publicada en el BOCAIB dentro de escasos
días y supone el principio de una nueva actividad empresarial
relacionada con el trote. La entidad que se adjudique la concesión
"cuya nacionalidad debe pertenecer a alguno de los países de la
Unión Europea" recaudará una tercera parte del importe total
jugado. El resto irá destinado a premios (60%) e impuestos (7%). El
marco legal que regulará las apuestas de trote recoge también
cuestiones como los límites cuantitativos de las apuestas, el plazo
de admisión o el reparto de las cantidades apostadas. En cuanto a
los cobros y devoluciones, la Orden dictada por el conseller de
Economía establece, para el caso de las apuestas internas, que se
abonen en las mismas taquillas del hipódromo, mientras, en el de
las externas, que se paguen a partir del día siguiente y en los
lugares dispuestos por la entidad autorizada al efecto. En este
punto, la Orden especifica que la presentación de las apuestas al
cobro se hará antes de los 30 días naturales a contar desde la
fecha de la carrera.
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