Archivo - La exvicepresidenta, exportavoz y exconsellera de Igualdad y Políticas, Mónica Oltra y su abogado (archivo) | Rober Solsona - Europa Press - Archivo

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El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de València --que se ocupa de la investigación sobre el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor por parte de un educador, exmarido de la exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra-- ha ordenado incorporar a la causa los correos electrónicos de la que fuera consellera de Igualdad y del resto de investigados. Establece, además, un marco temporal que coincide con las acciones objeto de la causa: desde el 20 de febrero de 2017 hasta el 23 de marzo de dicho año y desde finales del 5 de julio de 2017 hasta el 1 de diciembre de 2017.

En un auto fechado el martes y al que ha tenido acceso Europa Press, estima parcialmente el recurso interpuesto por la asociación Gobierna-te contra un auto anterior --de 6 de junio-- pidiendo incorporar a la causa las comunicaciones de todos los imputados entre enero y diciembre de 2017, octubre y diciembre de 2019 y desde el inicio de la investigación hasta la fecha.

El fiscal no se opuso a la estimación parcial y condicionada del recurso de reforma, mientras que varios investigados sí presentaron escritos de oposición, ente ellos Mónica Oltra, quien consideró «prospectiva, notoriamente desproporcionada y vulneradora de derechos fundamentales las diligencias interesadas aduciendo además que la acusación popular que interpone el recurso de reforma únicamente pretende una dilación del proceso».

Ahora, el juez ratifica las consideraciones que realizó en su auto de junio, pero apunta que la acción popular ha modificado en su recurso de manera «sustancial» las alegaciones inicialmente formuladas.

El magistrado --que recuerda que el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones no es absoluto-- señala que, a la hora de reformular la decisión sobre qué correos deben unirse hay que seguir una serie de criterios.

El primero de ellos es el temporal. En este sentido, afirma que «los límites (...) propuestos en el recurso siguen siendo demasiado amplios y desajustados al objeto de la investigación y debe limitarse a los correos que, cumpliendo con los demás criterios que luego se expondrán, se cruzaran los investigados en las fechas en que lo ya investigado permite situar las eventuales acciones objeto de la causa: desde el 20 de febrero de 2017 hasta el 23 de marzo de dicho año y desde finales de el 5 de julio de 2017 hasta el 1 de diciembre de 2017».

El segundo criterio es material. Al respecto, expone que los emails a unir eventualmente «habrían de ser única y exclusivamente aquellos que hagan explícita referencia a los hechos denunciados» por la víctima de los abusos y relatados en la querella de Gobierna-te o a las actuaciones derivadas de dicha denuncia.

Finalmente, el juez atiende a un criterio personal y argumento que, «dentro de cada periodo temporal, debe limitarse la pesquisa a aquellas comunicaciones por la vía dicha entre las personas que, en cada uno de ellos aparezcan como actuantes en relación con los hechos investigados».

Información útil

"Dentro de estos parámetros --prosigue-- es posible obtener lícitamente (es decir, sin lesionar o poner en peligro injustificadamente la intimidad o el secreto de las

comunicaciones de nadie) la información útil para la investigación que pudiera derivarse de las repetidas comunicaciones y sin que ello suponga una tal avalancha de información que, lejos de hacer progresar la instrucción hacia su final al debido ritmo, la paralice.

Y todo lo dicho, obviamente, bajo condición de factibilidad

técnica que habrá de ser informada por la correspondiente

unidad policial".

Tras analizar estas cuestiones, el juez resuelve procede una estimación parcial del recurso, «sobre todo tomando en consideración que en el curso de la instrucción y por parte de algunas de las defensas de los investigados se han aportado a la causa correos electrónicos entre investigados que no figuran en el expediente» de la menor abusada, "por lo que en ningún caso cabe descartar la posibilidad de que existan otros no incorporados a la causa y que pueden constituir, no solo elemento de cargo sino también de descargo

de los investigados".

Los correos electrónicos oficiales que se unirán lo harán «con estricta sujeción a los criterios expresados en el auto y en los términos señalados», subraya.

La investigación deberá llevarse a cabo por Grupo de Policía Judicial que se estime más idóneo por el jefe superior de Policía y en el plazo de 30 días que únicamente podrían ser prorrogables si justificadamente no pudiera atenderse en dicho plazo el cumplimiento de lo ordenado.

Adicionalmente, mediante la estimación parcial del recurso de

reforma interpuesto, se forma pieza separada y secreta en la que se recogerá el resultado de las diligencias ordenadas. Contra este auto cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.