La sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso presentado por la Generalitat y la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena contra la pretensión del consejo regulador de la Denominación de Origen (DO) Cava de impedir a los espumosos elaborados en el en municipio de Requena el uso de dicha identificación de su origen y ha reconocido el derecho que asiste a los elaboradores valencianos a usar el nombre del término municipal de 'Requena' en la comercialización de sus espumosos.
TSJ de Madrid avala el derecho del cava valenciano a usar el término 'Requena' en la comercialización de sus espumosos
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