Archivo - Sede de la Audiencia Provincial de Almería | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

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La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a un hombre, para el que la Fiscalía pedía siete años de prisión, de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros al considerar que no quedó suficientemente acreditado que actuara como el patrón de una patera ocupada por 13 personas más que fue conducida hasta la costa de Almería procedente de Argelia.

En su sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, el tribunal de la Sección Tercera indica que la participación del acusado en los hechos «no resulta acreditada, pues de la escasa prueba practicada, no puede concluirse sin genero de dudas, que aquél fuera la persona que pilotara la embarcación» de seis metros de eslora y dos de manga que iba equipada con un motor de 85 caballos.

El viaje de las 14 personas halladas en la patera se inició antes del 24 de marzo del pasado año, día en el que, sobre las 12,25 horas, la patrullera Río Jiloca de la Guardia Civil halló la embarcación a varias millas de Punta Polacra, frente a la costa de Carboneras, cuando navegaba «a gran velocidad».

No obstante, para el tribunal no está claro que el acusado, defendido por el letrado Nabil El Meknassi, fuera quien pilotara la embarcación, ya que negó los hechos y manifestó que también pagó por el viaje, con lo que era «un inmigrante más», toda vez que los testimonios ofrecidos por la Guardia Civil se mostraron contradictorios en cuanto a su identificación.

Así, mientras que uno aseguró que lo identificó «por la posición y la vestimenta», sin que llegaran a aportarse las fotografías que se le hicieron durante la persecución, otro de los agentes indicó que «se fue cambiado de ropa durante la navegación», que vieron «cómo cambiaba de posición» y que «era todos muy similares, con ropa oscura». Al final ambos agentes indicaron que «por su posición y labores que desempeñaban no pudieron ver a la persona que llevaba la embarcación».

Como tampoco se tomó declaración a ninguno de los demás ocupantes de la patera, lo que «hubiera permitido identificar al piloto», según estima el tribunal, la falta de una «prueba objetiva» durante el juicio planteó «serias dudas» sobre quién patroneaba realmente la embarcación, por lo que se aplicaron los principios 'in dubio pro reo' y de presunción de inocencia para absolver al acusado.