La Audiencia Provincial de Granada ha absuelto a la exdirectora del Patronato de la Alhambra y el Generalife, María del Mar Villafranca, y al resto de los acusados en el llamado 'caso audioguías', en el que se investigaron supuestas irregularidades en la adjudicación y gestión del servicio de alquiler de audioguías del monumento, considerado el más visitado de España.
Así, la Sección Segunda de la Audiencia ha absuelto a Villafranca de los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental por los que fue acusada, según consta en el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press y contra el que cabe recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Villafranca, que dimitió en 2015 a cuenta de este caso y se enfrentaba a una petición fiscal de cinco años de prisión, ha venido defendiendo su gestión a lo largo de este procedimiento y durante el juicio dijo además que nunca participó en la contratación del servicio de audioguías de la Alhambra. En una primera valoración a Europa Press tras conocer el fallo ha reconocido estar «muy contenta» con esta resolución y con que finalmente haya prevalecido la verdad, a pesar, ha dicho, «de tener que haber esperado más de siete años y medio con todo lo que esto ha representado» para su familia, para ella misma y para su imagen pública.
La sentencia de la Audiencia Provincial, de 96 folios, también absuelve a la que fuera secretaria general del monumento, Victoria Eugenia Chamorro, para la que la Fiscalía pedía la misma pena y por los mismos delitos que a Villafranca.
También se sentó en el banquillo de los acusados y ha sido absuelto el que fuera jefe de la Sección Económica y Contabilidad de Ingresos de la Alhambra, José M. V., al que solo acusaba la Junta de Andalucía, que estaba personada en el proceso como parte perjudicada por el presunto perjuicio económico que este caso provocó al monumento y que el fiscal cifró en más de un millón de euros.
Para el empresario al que se adjudicó el servicio de audioguías la Fiscalía pedía la pena más alta, diez años de cárcel y multa de un millón de euros, aunque finalmente también ha sido absuelto de los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación administrativa, apropiación indebida y blanqueo de capitales por los que fue acusado, según precisa el fallo.
Durante el juicio, la exdirectora de la Alhambra defendió que no participó en la contratación del servicio de audioguías del monumento, que no pretendió «en absoluto» beneficiar a la empresa que prestaba este servicio ni tuvo sospecha de gestiones contrarias a la legalidad, pues de hecho siempre actuó «guiada por el interés público».
El empresario defendió por su parte que se rigió «estrictamente» por el contrato, tanto para fijar los precios del servicio como para abonar el canon a la Alhambra, aunque reconoció que a la hora de hacer liquidaciones «nunca» le pidieron desde el Patronato de la Alhambra los comprobantes respecto al número de audioguías que alquilaba como soporte documental del volumen de facturación que generaba, incidiendo en que el Patronato pagaba «mal y tarde» y que si bien él tuvo deudas con el monumento durante la ejecución de este contrato, también la Alhambra le «debía mucho dinero» por la prestación de otros servicios en el conjunto monumental.
Antes del inicio del juicio la acusación popular ejercida por el PP, que había pedido cárcel para tres de los acusados, formalizó su retirada del procedimiento por entender que en la causa ya se encargan de acusar la Fiscalía, el Ayuntamiento de Granada y la Junta de Andalucía como parte perjudicada.
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