El Pleno del Parlamento andaluz ha aprobado este miércoles, 8 de marzo, con los votos a favor del PP-A y Vox, y la abstención del PSOE-A, Por Andalucía y el Grupo Mixto Adelante-Andalucía, el proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, con el que el colectivo de bomberos pasa a integrarse en la categoría C1, una de las que comprende la estructura en torno a la que se organiza el personal funcionario de carrera de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía.
Tras la votación con la que ha culminado el debate final de esta iniciativa, ha tomado la palabra ante el Pleno el consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz, quien ha valorado la aprobación de esta ley sin votos en contra, «aceptando enmiendas de toda la oposición», y ha remarcado que es «un día feliz para los andaluces y para un valor intangible para todos como es la seguridad», por lo que ha agradecido a los diputados que hayan realizado «política útil para los andaluces».
Con la reforma aprobada se modifica el artículo 39 de la Ley 2/2002, de forma que se determina que el personal funcionario de carrera de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía se estructura en una escala superior, una ejecutiva y una operativa.
La Escala superior, Grupo A, comprende, por orden jerárquico, las categorías de intendente --subgrupo A1-- y oficial --subgrupo A2--, mientras que la escala ejecutiva, Grupo B, comprende las categorías de inspector y subinspector, y la escala operativa, Grupo C, igualmente por orden jerárquico comprende las categorías de jefe de dotación y de bombero, ambos como subgrupo C1.
Asimismo, la ley precisa que «no se podrá crear una plaza de una categoría superior sin que existan plazas en todas las categorías inferiores», y que «corresponde a cada administración pública titular del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento determinar la plantilla de personal necesaria para su adecuado funcionamiento, así como la relación de puestos de trabajo, con indicación de su forma de provisión, jornada y régimen de retribuciones, de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable».
Justificación de la reforma
En la exposición de motivos de este proyecto de ley, desde el Gobierno andaluz justifican la reforma de la ley de 2002 por «el tiempo transcurrido desde la aprobación» de la misma y por la entrada en vigor de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, unido a «circunstancias tales como la inaplazable necesidad de avanzar en la homogeneización del régimen jurídico, dotación de medios y procedimientos de actuación de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, atendiendo a las demandas formuladas por numerosas instituciones y entidades, así como de la representación del personal».
Todo ello promovió, en 2017, la creación de un grupo de trabajo en el seno del Consejo Andaluz del Fuego que, en diciembre de 2019, propuso acometer una «revisión inmediata y puntual» de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, «a efectos de completar la clasificación del personal, de la mano de un desarrollo reglamentario que posibilite atender las demandas más urgentes de las personas profesionales afectadas».
Ese es el objeto de la ley aprobada este miércoles, que se estructura en una parte expositiva y una parte dispositiva compuesta por un artículo único, una disposición adicional, cinco disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
La parte dispositiva es la que incorpora unas modificaciones puntuales a la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, referidas a la incorporación de las categorías profesionales y su adecuación a las distintas escalas y grupos, y se determinan las funciones a desempeñar por el funcionariado de cada una de las distintas escalas y categorías profesionales, así como la formación y la capacitación para el acceso, la convocatoria unificada de acceso y la promoción de la carrera profesional.
Por su parte, la disposición adicional única prevé la posibilidad de establecer programas de colaboración con los entes locales con el objeto de «instrumentalizar medidas de fomento para la dotación de recursos destinados a los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, en el marco de las disponibilidades presupuestarias existentes».
La disposición transitoria primera prevé la adaptación progresiva a los nuevos grupos y subgrupos y el acceso del personal a los mismos, mientras que la segunda regula la equiparación de las categorías actuales a las nuevas definidas por la nueva ley; la tercera hace referencia a los efectos retributivos en la reclasificación; la cuarta dispone el régimen aplicable a las convocatorias de puestos aprobadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, y la disposición transitoria quinta incorpora la regularización de las personas interinas y laborales.
En definitiva, la ley aprobada este miércoles «pretende adecuar el régimen de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, a las disposiciones del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, posibilitando su adecuado desarrollo integral y atendiendo a buena parte de las demandas formuladas por la representación del funcionariado de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, de las personas aspirantes al mismo y entidades e instituciones como el Parlamento de Andalucía y el Defensor del Pueblo Andaluz», se lee en la exposición de motivos del proyecto de la Junta.
Valoraciones de los grupos
En el debate final ha intervenido, en representación del PSOE-A, el parlamentario José Aurelio Aguilar, quien ha expresado la conformidad de su grupo con «la nueva regulación de los grupos y escalas», aunque seguidamente ha planteado que «se ha perdido la oportunidad de ser más ambiciosos», para establecer paralelismos con el trámite de la Ley de Policías Locales y plantear que ahí «sí se ha abordado de manera más amplia la regulación de la profesión».
Aguilar ha reclamado la aceptación de una enmienda socialista --que ha sido rechazada en la votación por el PP-A y Vox-- por cuanto reclama tener en cuenta que los servicios de prevención y extinción de incendios lo gestionan las entidades locales, y ha reprochado que la actitud del Gobierno andaluz en este ámbito sea «invito yo y pagas tú».
El diputado de Vox Benito Morillo, quien ha argumentado que «los políticos tienen el honor y obligación de legislar, de mantenernos al margen de una presión interesada», ha reclamado la creación de la figura del bombero sanitario, una petición que ha situado como una demanda de este cuerpo, antes de lamentar la falta de «una legislación nacional en esta materia» y denunciar «la nula eficacia del Consejo Andaluz del Fuego».
El portavoz adjunto del grupo Por Andalucía, Juan Antonio Delgado, ha considerado «insuficiente» esta reforma, porque sólo se modifican «dos artículos» de la Ley de Gestión de Emergencias, y ha opinado que se debería haber aprovechado esta iniciativa para ser «un poco más ambiciosos» y no limitarse a una «pequeña reforma». No obstante, ha valorado que con ella «se empieza un camino» en el que espera que «el consejero de la Presidencia traiga de nuevo la ley» próximamente para meterla «en el taller otra vez» y reformar otros artículos.
Finalmente, la diputada del PP-A María Isabel Lozano ha dedicado palabras de agradecimiento «profundo y sincero» al colectivo de bomberos, que «vela por todos nosotros», ha valorado, y ha defendido que esta ley demuestra el «compromiso» del consejero de la Presidencia hacia esos profesionales, a quienes se ha tratado de dar una «respuesta rápida y eficaz» a sus reivindicaciones mediante esta reforma «puntual» de la normativa de emergencias, ha agregado.
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