Archivo - Personas con discapacidad | JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

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El Defensor del Pueblo ha detectado dilaciones de entre uno y dos años en el proceso de valoración de la discapacidad en la Comunidad de Madrid, a pesar de que los datos de la Administración autonómica reflejan una reducción de los plazos en el último año de 121,83 días de medio para la citación y de 136,41 para la resolución.

En su informe relativo a 2022, el Defensor del Pueblo señala que, al igual que en años anteriores, son numerosas en toda España las quejas por la demora en la valoración de la discapacidad y las consecuencias que ello apareja en la percepción de otro tipo de ayudas y prestaciones, puesto que «en algunos casos la dilación es tal que no ha permitido gozar en vida de las ayudas que a la persona afectada le hubieran podido corresponder».

En el caso concreto de la Comunidad de Madrid, se han detectado dilaciones de entre uno y dos años, según explica el Defensor, al que la Administración regional le ha transmitido que se están produciendo «mejoras» para revertir esta situación.

En este sentido, la institución que encabeza Ángel Gabilondo se hace eco del los datos del portal al ciudadano de la Comunidad, en el que se subraya que el tiempo de espera media de citación en los centros base ha caído de los 368,83 días a 31 de enero de 2021, hasta los 247 a 31 de enero de 2022, es decir 121,83 días menos de media.

En cuanto al tiempo medio de espera para la resolución, de acuerdo con estas cifras ha pasado de los 413,54 días a 31 de enero de 2021 hasta los 277,13 un año después, lo que significa 136,41 días menos de media.

Residencias

Por lo que se refiere al sistema de atención residencial a las personas mayores, ya el informe del pasado año dejaba constancia de «la existencia de un consenso sobre la necesidad de introducir mejoras» y se citaban algunos aspectos sobre los que, a criterio del Defensor del Pueblo, se había de profundizar para «garantizar los derechos de los mayores atendidos».

En el caso de la Comunidad de Madrid, el Defensor del Pueblo llevó a cabo una actuación, recuerda, por las circunstancias que rodearon la suscripción de un nuevo acuerdo marco de concertación del servicio público de atención residencial para personas mayores dependientes, que derivó en un problema en aquellos centros privados que no habían concursado a la adjudicación.

Desde la Consejería de Familia, Juventud y Política Social se puso de manifiesto, según recogía el informe, «la imposibilidad de evitar la finalización del contrato con el centro», dando cuenta de que se garantizaba a todos los residentes afectados «el mantenimiento del servicio en otro centro de la red pública y con el mismo tipo de financiación».

En este sentido, se ofrecía a los residentes, con antelación, una lista de cinco centros de su elección, de un listado de 111 residencias adjudicatarias del acuerdo marco, y se daba preferencia a todos aquellos que fueran del municipio donde se ubicaba la residencia.

La situación de soledad no deseada y las actuaciones que realizan los ayuntamientos para detectar posibles situaciones de necesidad ha sido también objeto de algunas actuaciones del Defensor, al hilo de lo cual el Defensor ha destacado la seguida con el Ayuntamiento de Madrid, que explicó el contenido del programa de 'Atención a personas mayores vulnerables', vigente desde el año 2004.

La entrada al programa se produce desde los diferentes servicios de emergencias --SAMUR Protección Civil, SAMUR Social, Bomberos o Policía Municipal--, o derivados desde los servicios sociales de los distritos. Los casos que llegan son analizados por un equipo multidisciplinar que hace una valoración de riesgos y necesidades detectadas. En 2021 se habían valorado 952 casos de distinta procedencia, de los que 617 eran mujeres y 335, hombres.

Renta mínima de inserción

El Informe del Defensor del Pueblo relativo a 2022 señala que la Comunidad de Madrid ha aceptado su recomendación para que se reconozca la renta mínima de inserción a ciudadanos comunitarios con permiso de residencia en España siempre que reúnan los requisitos de acceso, sin entrar a valorar el mantenimiento de los requisitos relativos a los permisos de residencia ni cuestionar la residencia legal que acredita un permiso en vigor.

La Dirección General de Servicios Sociales e Innovación Social --actual Dirección General de Servicios Sociales--, teniendo en cuenta las consideraciones del Defensor del Pueblo, así como dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, había solicitado a la Abogacía General de esa comunidad un informe jurídico sobre la recomendación.

Dicho informe ha resultado acorde con la resolución del Defensor del Pueblo, por lo que ha sido aceptada la mencionada recomendación por parte de la Administración autonómica.