Vista general de la fachada principal de la Ciudad de la Justicia. | ALEX ZEA/EUROPA PRESS

TW
0

La Audiencia de Málaga ha condenado a una pena de 18 años y ocho meses de prisión a un hombre por asesinar a tiros a otro, con el que quedó y al que llevó en coche junto a una persona no identificada a una zona deshabitada en la localidad malagueña de Istán para cometer el crimen, tras lo que tiró el cuerpo por un terraplén.

La sentencia se dicta tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular y declara probado que el acusado, de nacionalidad búlgara, planeó junto al menos otro hombre no identificado acabar con la vida de la víctima, empleando para ello dos armas de fuego cortas que no han podido ser encontradas.

Para ello, dice la sentencia, concertaron un encuentro con el hombre para un día de octubre de 2019 frente a un club de tenis de Istán (Málaga). El acusado se dirigió al lugar donde le aguardaba el otro no identificado desde el apartamento en el que se alojaba en la localidad malagueña de Marbella.

Una vez llegó la víctima al punto acordado, los tres se marcharon en el vehículo en el que llegó el acusado junto al otro y fueron en dirección a Istán, según la resolución; pero al llegar a un punto deshabitado, se salieron de la calzada, detuvieron el vehículo y dispararon con las armas al hombre.

Los disparos causaron lesiones en la cabeza, tórax y abdomen de la víctima, aunque fue principalmente la herida en la cabeza la que ocasionó su muerte de forma muy rápida; además de que «no tuvo posibilidad alguna de defenderse frente al ataque con dos armas de fuego sin posibilidad de escapatoria», indica la Audiencia.

A continuación, dice la sentencia, el acusado y el otro empujaron el cuerpo del hombre por el desnivel contiguo a la cuneta, de modo que quedara oculto entre la arboleda, y regresaron al apartamento a bordo del vehículo.

Por estos hechos se condena al procesado por un delito de asesinato a la pena de 17 años de cárcel y a que indemnice con
130.000 euros a la pareja de la víctima y con 150.000 euros a cada uno de los dos hijos, por los daños morales y perjuicios personales y patrimoniales.

Asimismo, ha quedado probado, según el jurado y la Audiencia, que el acusado «no tenía autorización administrativa ni guía de pertenencia de dichas armas», señala la sentencia, por lo que, además, se le condena también por un delito de tenencia ilícita de armas a la pena de un año y ocho meses de prisión.

Los jurados tuvieron en cuenta para el veredicto de culpabilidad imágenes de distintas cámaras de seguridad, así como los informes periciales de los investigadores y de autopsia. Estas pruebas sirvieron para demostrar, según el Tribunal popular, la planificación del crimen.

Así, la resolución señala que el conjunto de actuaciones realizadas por el acusado, como inspección previa de los lugares, organización de citas portando armas de fuego, posterior limpieza y eliminación de las pruebas y salida del país de manera precipitada, «denotan que el crimen fue perfectamente organizado y ejecutado».