Así lo ha dispuesto en una resolución publicada este jueves en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), que entrará en vigor este viernes hasta el 6 de julio, después de que la Conselleria haya informado de que ha detectado, a través de los técnicos del servicio de Producción y Seguridad Animal, un brote de gripe aviar limitado a aves acuáticas, en concreto en ejemplares de charranes, en la provincia de Valencia.
Las medidas se aplicarán en establecimientos de cría de aves de corral situadas en los municipios que figuran en el anexo II de la Orden APA/2442/2006 de 27 de julio.
En concreto, queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral; la cría de aves de corral al aire libre y se prohíbe dar agua a aves de corral procedente de depósitos
de agua a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que se trate esa agua a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.
De igual modo, la resolución establece que los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral «quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres».
También prohíbe la utilización de pájaros de las órdenes Anseriformes y Charadriiformes como señuelo y la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales definidos en el artículo 3.7 de la Ley 8/2023, de 24 de abril, de sanidad animal, incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
Además, los titulares de las explotaciones avícolas que se encuentran ubicadas en los municipios de la lista deberán reforzar las medidas de bioseguridad en las explotaciones, especialmente aquellas medidas destinadas a evitar el contacto con aves silvestres.
La Conselleria también recuerda que, conforme lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, toda persona, física o jurídica, pública o privada, estará obligada a comunicar a los servicios veterinarios oficiales, de forma inmediata, todos los focos de que tenga conocimiento de enfermedades de carácter epizoótico y en este caso todos los hallazgos de cadáveres de aves silvestres de especies acuáticas serán comunicados a los servicios veterinarios oficiales para descartar la presencia de virus de la influenza aviar altamente patógena en los mismos.
Municipios de aplicación
En la provincia de Valencia, los municipios sujetos a estas medidas son Alfara de Algimia, Quart de les Valls, Benavites, Quartell, Faura, Benifairó de les Valls, Albal, Albalat de la Ribera, Alcàsser, Alfafar, Alfarp, Algemesí, Alginet, Almussafes, Benetússer, Benifaió, Beniparrell, Catarroja, Llocnou de la Corona, Massanassa, Paiporta, Picanya, Picassent, Sedaví, Silla, Sollana, Sueca, Torrent, Valencia, Tavernes de la Valldigna y Benifairó de la Valldigna.
También están incluidos en Valencias los municipios de Simat de la Valldigna, Xeraco, Xeresa, Barx, Pinet, Llutxent, Gandia, Daimús, Guardamar de la Safor, Benirredra, Bellreguard, Miramar, Almoines, Real de Gandía, Palma de Gandía, Rótova, Alfauir, Beniarjó, Benifla, L*Alqueria de la Comtessa, La Font d*en Carrós, Ador, Canet d*en Berenguer, Sagunto, Petrés, Gilet, Albalat del Tarongers, Náquera, Rafelbuñol, El Puig, Massamagrell, La Pobla de Farnals, Massalfassar, Albuixec, Museros, Oliva, Palmera, Rafelcofer, Potríes, Piles, Villalonga y Puçol.
En Alicante están afectados Adsubia, Vall de Gallinera, Vall de Ebo, Pego, Orba, La Vall de Laguar, Tormos, Sagra, El Rafol d*Almunia, Benimeli, El Verger, Els Poblets de la Marina, Ondara, Denia, Beniarbeig, Sanet i els Negrals, Benidoleig, Pedreguer, San Fulgencio, Dolores, Almoradí, Rojales, Guardamar del Segura, Formentera del Segura, Benijófar, Algorfa, Orihuela, San Miguel de Salinas, Los Montesinos, Torrevieja, Benejúzar, Pilar de la Horadada, Jacarilla, Albatera, Callosa de Segura, Catral, Cox, Crevillent, Daya Nueva, Daya Vieja, Elche, Granja de Rocamora, Rafal, San Isidro, Santa Pola.
Se aplicarán también estas medidas en los municipios castellonenses de Alcalá de Xivert, Les Coves de Vinromà, Vilanova d*Alcolea, Benlloch, Cabanes, Oropesa del Mar, Moncofa, La Vall d'Uixó, Chilches, La Llosa, Almenaras y Torreblanca.
La Conselleria, en su resolución, explica que la Orden APA2442/2006 establece la obligatoriedad de adoptar medidas determinadas tras un resultado desfavorable en un análisis de riesgo de gripe aviar.
Asimismo, expone que la situación geográfica de la Comunitat Valenciana respecto a las rutas de aves acuáticas migratorias del norte y centro de Europa, así como la presencia de humedales con abundancia de aves silvestres migratorias con flujo variable en esta época del año, «hace necesaria una actualización de las medidas» con "medidas de bioseguridad adicionales con base en un análisis del riesgo de introducción y circulación del virus a través
las rutas migratorias de aves".
La orden también señala que el sector empresarial avícola y las organizaciones profesionales «solicitan un reforzamiento de las medidas de bioseguridad para garantizar la sanidad animal de sus explotaciones y su medio de vida».
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