La Plataforma en Defensa de los Paisajes de Teruel ha presentado un recurso de alzada contra la autorización administrativa previa
del denominado Cluster Begues, que traslada la energía generada en las sierras del norte de Teruel a la población del citado nombre que se encuentra en la inmediaciones de Barcelona, con una línea de evacuación de más de 250 kilómetros.
Dicha autorización administrativa previa se ha publicado en el mes de agosto «cuando se supone que hasta las administraciones guardan un periodo de vacaciones y lo dejan guardar a los demás», ha considerado la citada Plataforma
El recurso se fundamenta en varios «incumplimientos» de la legislación actual, que "por cierto no es muy clara y tiene demasiados recovecos en los que se refugian las empresas al presentar
sus proyectos y la administración cuando tiene prisa por aprobarlos", han indicado desde la Plataforma en una nota de prensa.
«Es muy significativo», han observado, que se reconozca expresamente que el proyecto carece del informe preceptivo que debe emitir la Generalitat de Cataluña y queda condicionado al citado informe.
Es «bastante incongruente» que se conceda la autorización administrativa previa sin tener el citado informa y más siendo preceptivo, pues se da una aprobación, pero con un condicionante, que
según manifestaciones de la propia Generalitat «puede ser negativo por las numerosas afecciones a espacios de la citada Comunidad». Se debería haber tenido el informe para poder emitir la autorización y no dar pasos en falso, ha argumentado la Plataforma.
Se da una irregularidad que se repite en los diferentes Cluster que se han presentado y es que se presentan proyectos individuales con empresas diferentes y luego se unifican para el Estudio de Impacto ambiental y la consiguiente Declaración Ambiental.
Competencia de ree
Una vez obtenida la Declaración se vuelve a pedir la desagregación para emitir autorizaciones previas individuales de cada proyecto. «Todos estos trámites no tienen información pública ni participación ciudadana, por lo que se están pisando los derechos derivados del Tratado de Aarhus y se infringe la legalidad vigente». La acumulación y el fraccionamiento son «totalmente arbitrarios y sin ninguna justificación», ha criticado la Plataforma.
La distancia entre el punto de producción y el de enganche obliga a construir una línea de evacuación de 288,389 kilómetros, que según la ley no debería ser considerada como tal, sino ser considerada como línea de transporte, que es competencia exclusiva de Red Eléctrica Española (REE) y que tiene unos condicionantes y aprobaciones diferentes.
Las líneas de evacuación son «las líneas de alta tensión que transfieren la energía eléctrica desde una central o parque generador hasta la red que distribuye regionalmente la potencia --con la que entronca--». La red de transporte de energía eléctrica «es la parte del sistema de suministro eléctrico constituida por los elementos necesarios para llevar hasta los puntos de consumo, y a través de grandes distancias, la energía generada en las centrales eléctricas».
En este caso, está claro que se trata de una línea de transporte «camuflada» bajo la denominación de evacuación. Por lo que se está
entrando en un área de competencia exclusiva de REE, han alertado desde la Plataforma y sentencia «claramente esto es un fraude de la Ley».
En el caso del Cluster Begues, como en otros que se han presentado alegaciones o recursos por parte de la Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel, se dice expresamente que se han añadido documentos y rectificaciones que sólo han sido vistos por el Ministerio, pues no se han facilitado a los alegrantes, ni a las administraciones implicadas, por lo que no se han sometido a información pública como es preceptivo y se «ha ocultado» información.
Con esta manera de actuar se incumple el artículo 2 de la Ley 21/2013 que obliga a la participación pública en los proyectos de evaluación ambiental.
«Se han falseado u ocultado datos» sobre la afección que el proyecto tiene sobre diversas especies protegidas, como Sisón, Milano Real, Cernícalo Primilla, Quebrantahuesos y sobre todo la inexistencia en el espacio del proyecto de la Alondra Ricoti, que está presente en varios de los lugares que atraviesa la línea y de algunas de las centrales.
Desprecio y menosprecio
Se habla de informes presentados con posterioridad a la información pública, pero «tampoco se han tenido muy en cuenta por lo que se ve en la autorización», ha deducido.
Todos estos aspectos, más el «desprecio y el menosprecio» al paisaje y los ciudadanos que lo habitan, así como la «no demostración» de la capacidad técnica y económica de la empresa para
llevar a cabo el proyecto, «cosa que le importa muy poco a Forestalia, pues su objetivo es venderlo y que sea el Fondo correspondiente quien ponga la capacidad económica», son los que
motivan la presentación del recurso de alzada y la posibilidad de emprender un contencioso administrativo en caso de quedar sin respuesta o darse la autorización de construcción.
Desde la Plataforma han vuelto a reiterar con la presentación de este recurso que este «no es el modelo» para la implantación de las renovables y «tampoco es una transición justa», pues se hace a base de territorios despoblados, sin eficiencia y no generando de forma distribuida.
«Seguimos estando a favor de las renovables, pero no con este modelo especulativo y depredador de los espacios rurales», ha puntualizado la Plataforma a favor de los paisajes de Teruel.
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