Oficina de Correos en Bilbao | Europa Press

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Correos ha admitido 57.726 solicitudes de voto por correo de ciudadanos que desean ejercer por este sistema su derecho al voto en las Elecciones autonómicas al Parlamento del País Vasco que se celebrarán el 21 de abril, un 53,9% menos que en 2020.

Del total, 51.244 se han presentado de forma presencial en la red de oficinas postales y 6.482 de forma telemática a través de la web de Correos, mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos el sistema de identificación electrónica de Euskadi (BakQ), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico.

Según ha informado Correos, estas cifras suponen un 53,9% menos respecto a las 125.263 solicitudes presentadas en las anteriores elecciones autonómicas celebradas el 12 de julio de 2020, durante la pandemia, y un 10,6% más respecto a las 52.188 de las elecciones autonómicas del 25 de septiembre de 2016.

Tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el Censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el País Vasco siguen remitiendo los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente. El Censo tiene de plazo hasta el día 14 de abril para hacer entrega a Correos de esos envíos, que seguirá poniéndolos a disposición de los ciudadanos a medida que los reciba.

El cartero de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano. El personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte o Permiso de Conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante.

A fecha de hoy, Correos ya ha puesto a disposición de los electores 43.295 documentaciones electorales para que puedan ejercer su derecho al voto.

En caso de que el elector no haya recibido su documentación electoral y vaya a cambiar de dirección puede localizar el número de registro de su envío en la página web del Censo Electoral y solicitar la reexpedición de la documentación en cualquier oficina de Correos a otra dirección o a otra oficina de Correos, con plazo suficiente para que Correos se lo pueda hacer llegar al nuevo destino.

Ese número de registro también permite al elector comprobar la situación del envío en el localizador de la web de Correos www.correos.es.

Depósito del voto hasta el 18 de abril

Correos ha recordado que el solicitante tiene de plazo hasta el jueves, 18 de abril, para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura habitual, de acuerdo con la ampliación acordada por la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se exige que el elector haga entrega personal en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del DNI, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral correspondiente.

Correos recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la «amplitud horaria» de las oficinas postales para depositar su voto cuanto antes. Para facilitar al máximo esta gestión, Correos ha recordado que este sábado, 13 de abril, abrirá de forma extraordinaria 100 oficinas en el País Vasco, de 10.30 a 14.00 horas.

Tarjetas censales y propaganda electoral

La colaboración de Correos en las Elecciones autonómicas al Parlamento del País Vasco del 21 de abril, se extiende también al reparto de las tarjetas de inscripción en el censo y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales en los municipios con los que hay acuerdo.

Correos ya ha distribuido las 1.712.301 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 21 de abril, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.

Además, Correos, que ha formalizado más de 300 contrataciones de refuerzo, está repartiendo los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios.