Archivo - Los tres 'Bocanegra' acusados del tiroteo mortal en el cementerio de Torrent | ROBER SOLSONA - Archivo

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado en su mayor parte un recurso de apelación de la Fiscalía y ha fijado en 40 años --en lugar de los 25 fijados por la Audiencia-- el máximo de cumplimiento efectivo de las penas impuestas a los tres acusados pertenecientes al clan de los 'Bocanegra' --un matrimonio y su hijo-- de la muerte a tiros de dos hombres y las lesiones causadas a un tercero en el cementerio de la localidad valenciana de Torrent el 1 de noviembre de 2021.

La sentencia de apelación, consultada por Europa Press, que puede ser recurrida ahora en casación ante el Tribunal Supremo, confirma los 49 años y medio de cárcel para el hijo, quien efectuó materialmente los disparos, pero rebaja hasta los 45 años y seis meses la condena a su madre, mientras que eleva de 21 a 45 años la del padre, al considerarlo coautor y no mero cómplice de los asesinatos.

El fallo, que puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, revoca parcialmente la dictada en diciembre del pasado año por la Audiencia Provincial de Valencia tras la celebración de juicio con jurado popular. La Audiencia impuso entonces a uno de los acusados y a su madre, como autores de dos delitos de asesinato consumados y otro de intento, sendas penas de 49 años y medio de cárcel, con un límite máximo de cumplimiento efectivo de 25 años.

Por el contrario, impuso 21 años al padre y marido, respectivamente, de los anteriores, por considerarlo en su caso cómplice y no coautor de esos delitos de asesinato. En los tres casos, las penas incluían también las correspondientes a un delito de tenencia ilícita de armas.

La sentencia de apelación emitida ahora confirma los 49 años y medio de cárcel para el hijo, quien efectuó materialmente los disparos, pero rebaja hasta los 45 años y seis meses la condena a su madre, mientras que eleva de 21 a 45 años la del padre, al considerarlo coautor y no mero cómplice de los asesinatos.

Además, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV corrige la sentencia de instancia por apreciar «un error» en la aplicación del artículo 76 del Código Penal y establece en 40 años, en lugar de los 25 fijados por la Audiencia, el máximo de cumplimiento efectivo de las penas de prisión para todos los condenados.

Respecto a las indemnizaciones para las víctimas y sus familiares, el Alto Tribunal valenciano mantiene el importe total, cercano a los 568.000 euros, con la salvedad de declarar la responsabilidad civil conjunta y solidaria para los tres condenados.

Los hechos

Los hechos, recuerda el Alto Tribunal valenciano, ocurrieron sobre las 10.00 horas del Día de Todos los Santos de 2021, cuando el matrimonio y su hijo se encontraron con otra familia que tenía parientes lejanos con los que ellos habían tenido conflictos en el pasado.

Los acusados comenzaron a chillarles y a proferir expresiones amenazantes para que se marcharan del lugar e incluso les llegaron a golpear con sillas y palos.

En un momento dado, tal y como relata la sentencia, la mujer ahora condenada sacó un arma de fuego que llevaba oculta en un delantal y se la entregó a su marido para que disparara contra la otra familia.

El hombre no llegó a efectuar ningún tiro porque el arma se le cayó al suelo, pero su esposa la recogió y se la dio entonces a su hijo. Fue este último quien disparó finalmente a las víctimas, las cuales se encontraban desarmadas y sin posibilidad alguna de protegerse.

Una de las balas causó la muerte de un miembro de la familia tiroteada y otra provocó lesiones en una pierna a un hijo del anterior. Además, un tercer proyectil alcanzó a un hombre ajeno al altercado, que estaba en las proximidades visitando la tumba de su esposa, y provocó su fallecimiento.

La Audiencia Provincial de Valencia decretó este pasado mes de mayo la libertad provisional y con medidas cautelares de los tres 'Bocanegra', al haber transcurrido el plazo de dos años de prisión provisional sin prorrogarse y no ser la sentencia firme.