La Sección Tercera de la Audiencia de Palma ha revocado una
sentencia dictada en primera instancia por un juzgado de Manacor
que daba la razón a la Sociedad General de Autores y Editores
(SGAE) en un pleito contra el propietario del negocio «Capitán
Morgan Disco Pub» de Porto Colom (Felanitx) que emitía música y
contaba con un receptor de televisión.
La SGAE alegó en la causa que había tenido conocimiento a través
de sus servicios de inspección que el mencionado «pub» se venían
reproduciendo públicamente obras musicales protegidas por el
derecho de propiedad intelectual «sin la necesaria y preceptiva
autorización», y para acreditar la realidad de la comunicación
pública llevada a cabo en el local encargó a una agencia de
investigadores privados la realización de un informe. En un
principio, el propietario del establecimiento fue declarado en
situación de voluntaria rebeldía, aunque más tarde se personó en la
causa.
La Audiencia de Palma señala en la sentencia que la situación de
rebeldía «no comportaba cómodas consecuencias para la parte
demandante al no implicar allanamiento, ni libera al acto de la
prueba de los hechos constitutivos de su pretensión». Asimismo,
cuestiona el informe elaborado por los investigadores privados
contratados por la SGAE.
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