El propietario de las Torres del Temple no podrá construir, como
pretendía hasta ahora, viviendas en el inmueble, un edificio de
época islámica con declaración genérica de Bien de Interés Cultural
(BIC). La decisión, que tiene que ser ratificada por la Comisión de
Urbanismo del Consell, fue tomada ayer en la Ponencia Técnica de
Patrimonio del CIM con los votos favorables de todas las entidades
representadas en la misma menos el del Ajuntament de Palma, que se
abstuvo. Así lo comunicó ayer el conseller de Territori del CIM,
Bartomeu Vicens. El Consell ampliará la protección del BIC
añadiéndole la categoría de monumento, garantizando así su
preservación para las «generaciones futuras» puesto que limita las
actuaciones urbanísticas que se puedan llevar a cabo en las torres.
Hasta este momento, el Temple gozaba de la protección que le
confería formar parte de las construcciones militares del Estado,
una declaración de BIC 1949.
Las actuaciones del actual propietario del Temple, Fernando
Palazuelo, han generado mucha polémica desde que comenzaron las
obras en el edificio, en el que se anunció que se construirían
pisos de lujo. Entidades cívicas, profesionales, ciudadanos y
vecinos de la zona pidieron reiteradamente al CIM y al Ajuntament
no sólo un control sobre las obras, sino que las instituciones
públicas citadas, además del Govern, adquirieran el edificio ya que
es uno de los pocos restos islámicos que quedan en Ciutat. En 2002,
Patrimonio Histórico del CIM ordenó la realización de unas catas
arqueológicas en su interior, que dieron como resultado el hallazgo
de las almenas originales de las torres, el tapial con el que está
recubierta la fachada de las mismas y otros elementos como arcos
islámicos o apuntados.
Para llegar a la prohibición del uso de viviendas en el
monumento, la Ponencia Técnica se basó en un informe de la UIB,
como entidad consultora, y en las alegaciones presentadas por el
Colegio de Arquitectos, además de los informes de sus propios
técnicos, donde se destaca «la problemática que puede suscitar la
disposición de las instalaciones y que la disposición de aquellas,
sea cual sea el uso del inmueble, no podrá dañar ninguno de los
valores a proteger». En el Temple no se podrá aumentar la
volumetría existente; las intervenciones a nivel constructivo irán
desde las mínimas y necesarias de mantenimiento y conservación
hasta la restauración; para hacer alguna intervención más allá del
mantenimiento, se deberá tener en cuenta el artículo de la Llei de
Patrimoni en cuanto a criterios de intervención en un BIC;
cualquier intervención tendrá que realizarse a partir de una visión
integral del bien, es decir, que se contemple de forma unitaria
todo el inmueble, así como su evolución histórica hasta la
actualidad. A partir de ahora se suscitará la cuestión del futuro
del inmueble sobre lo que Bartomeu Vicens contestó ayer que «no
depende de mi». Si bien su departamento «ha priorizado garantizar
que fuera BIC», en referencia a la nueva protección que gozará
ahora, y las medidas que ello implica, también es cierto que desde
el mismo, como ha podido saber este diario, se han hecho gestiones
infructuosas con el Ajuntament de Palma respecto a la compra del
inmueble. Vicens también apuntó que los servicios jurídicos del
Consell estudian la situación por si el propietario pide una
indemnización, probabilidad que Vicens considera «mínima».
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