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Para bien o para mal, los clientes bancarios sabemos lo que implica pagar mensualmente la cuota de un préstamo hipotecario. Lo que no hemos experimentado jamás es cobrar del banco por el dinero que nos ha prestado. Ha leído bien: el prestamista nos podría pagar por dejarnos dinero. Demos la bienvenida a las hipotecas negativas.

Los préstamos hipotecarios a tipo variable, más del 90% del crédito con garantía real que se concede en la actualidad, establecen una fórmula de cálculo del tipo: Tipo de referencia + diferencial; el euríbor es el referencial mayoritario y el diferencial más barato se acerca a la unidad en estos momentos. Un pacto entre banco y cliente que supone revisar la cuota en base al cierre del euríbor anterior procedente. El Banco de España publica el valor de esta referencia hipotecaria cada mes; el euríbor a un año del mes de enero de 2016 cerró al 0,042%. Un hipotecado al que se le aplique este valor más un diferencial del 1% acabará pagando un 1,042%. Hasta aquí todo normal: la bajada de tipos beneficia a los clientes que acaban pagando menos a su entidad financiera.

La sorpresa llega si nos fijamos en los valores del euríbor a un año de los últimos días, en tasas negativas. El 12 de febrero, por ejemplo, ha cotizado a -0,009% y la tendencia sigue siendo a la baja. ¿Qué va a ocurrir si cierra en negativo el mes de febrero?

Depende; del valor en negativo que se produzca y de la solución jurídica que se acabe dando a esta distorsión económica. En cuanto al valor negativo, pensemos que para que el tipo de interés aplicable a la hipoteca sea negativo el “menos euríbor” ha de superar al diferencial en términos absolutos. Siendo el menor diferencial hipotecario pactado jamás del 0,17% (ofrecido en su día por el Deutsche Bank), solo cerrando el euríbor por debajo del -0,17% veríamos hipotecas negativas. No será febrero el mes elegido, si bien hay departamentos de análisis que dibujan el euríbor cercano al -0,1% a fin de año.


En cuanto a la normativa que se aplica a una hipoteca a tipo variable en negativo, los juristas no acaban de ponerse de acuerdo y el Banco de España, de momento, tampoco se pronuncia. Una parte de la doctrina defiende que si la suma del referencial más el diferencial arroja una cifra negativa, el banco deberá pagar al cliente. A fin de cuentas ya lo hacen entre ellos: que el euríbor a diferentes plazos ya esté en negativo supone que las entidades financieras pagan por prestarse dinero. Otros abogados consideran que de darse un interés negativo, la cuota quedaría a cero. Se basan en que la naturaleza de un préstamo queda desvirtuada jurídicamente si en lugar de pagar por recibirlo, se cobra; de un contrato de préstamo se pasaría a un depósito por arte de birlibirloque.

La crisis económica que parece no querer dejarnos en paz debería recrudecerse para que los tipos de interés negativos cayeran por debajo de la frontera del 0,17% mencionada. De ser así, veríamos hipotecados felices recibiendo puntualmente un premio por su deuda: un ingreso en su cuenta. Magia hipotecaria.