Mesa de un colegio electoral. | Efe

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Pocos podían predecir que menos de dos meses después de las elecciones autonómicas y municipales del 28M, los ciudadanos volverían a estar llamados a las urnas. Las elecciones generales del próximo 23J levantan dudas: serán las primeras en plena época estival y tan seguidas de otra cita electoral. A pocos días de comenzar los sorteos por los que se elige a los próximos presidentes y vocales de las meses, son muchos los que se preguntan si, apenas mes y medio después de haber sido llamados, pueden volver a tener la (mala) suerte de tener que volver a pasar una nueva jornada electoral trabajando, y esta vez en pleno verano. La respuesta corta es: sí. Es posible.

Los miembros de la mesa electoral se eligen por sorteo en cada Ayuntamiento entre el 24 y el 28 de junio. Pese a lo aleatorio del proceso, hay personas que han salido elegidas en más de una ocasión, y deben cumplir con el deber del mismo modo que cualquier otro ciudadano. De no hacerlo y, por tanto, no presentarse, podrían enfrentarse según la Ley Orgánica del Régimen Electoral, a una «pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses».

Sin embargo, sí que hay cierto límite al que se pueden agarrar los repetidores. Entre las 23 principales justificaciones que admite la ley para exonerarse de la cita electoral como presidente o vocal, se incluye «haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años». Es decir, si desde 2013 ha participado ya en tres ocasiones en una mesa electoral, puede solicitar al exención a la Junta Electoral. Para que se contemple dicha petición, eso sí, es necesario que se realice dentro de los plazos establecidos y según el protocolo oficial. De lo contrario, la petición no tendría validez alguna.