La Comisión Europea anunció ayer su decisión de llevar a España
ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con sede
en Luxemburgo, por la aplicación de un IVA reducido a los gases
licuados del petróleo (GLPs) y a los ciclomotores.
La Comisión, que ha iniciado acciones judiciales contra Alemania
y Francia también por razones similares, considera que dos leyes
españolas constituyen infracciones respecto a la sexta directiva
del IVA. Estas disposiciones prevén una tasa reducida para el
suministro, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de
gases licuados del petróleo (butano, propano y otros derivados),
así como para los vehículos de dos o tres ruedas de cilindrada
inferior a 50 centímetros cúbicos. «Las medidas españolas son una
infracción del artículo 12 de la sexta directiva de IVA, que
permite la aplicación de tipos reducidos únicamente a los productos
recogidos en el anexo H de la directiva, entre los que no figura ni
el gas ni los ciclomotores», explica la dirección general de
Mercado Interior y Fiscalidad en un comunicado.
Por otra parte, en lo que afecta al suministro de gas, este
artículo 12 permite como excepción la aplicación de un tipo
reducido pero sólo si se trata de gas natural y con la condición de
que el Estado miembro haya cumplido ciertas formalidades, así como
que no haya distorsiones para la libre competencia. «La legislación
española aplica una tasa de IVA reducida a los GLPs que no están
clasificados como Gas natural, pero lo aplica al gas natural. Esta
medida puede tener también como resultado crear distorsiones de
competencia prohibidas por la directiva», sentencia la
Comisión.
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