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El Parlament debe consensuar en los próximos días la terna de abogados que sustituirán en el TSJB a Rafael Perera, que se jubiló en el cargo de magistrado hace un año, y a Juan López Gayá, que lo hará en junio. La idea predominante es incluir en la lista de candidatos sólo a catedráticos de la UIB para evitar problemas como los suscitados en anteriores ocasiones, cuando postularon letrados muy marcados políticamente. El decano del Colegio de Abogados declaró a este diario que «está clarísimo que los jueces que entran por el tercero, cuarto y quinto turno son abogados, que tienen una relación directa y diaria con la administración de la Justicia».

«Han de tener la práctica necesaria para poder resolver los asuntos. Yo estoy en contra de elegir a catedráticos de la UIB, aunque técnicamente sea posible. Los juristas de reconocido prestigio se pueden escoger perfectamente bien entre los que están en ejercicio, y además, con la seguridad de que estos juristas tienen la experiencia necesaria, como así ha sido hasta ahora, con resultados buenos, dada la práctica forense que tienen», subrayó.

El decanato de la Facultad de Derecho de la UIB, por su parte, ya se han pronunciado sobre las declaraciones efectuadas por algunos juristas, que rechazan la posibilidad de que catedráticos formen parte de la terna. «La Ley Orgánica del Poder Judicial» alega el decanato, «establece sobre este tema que en la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, una de cada tres plazas se cubrirá con juristas de reconocido prestigio con más de diez años de ejercicio profesional en la Comunidad Autónoma, nombrado a propuesta del CGPJ sobre una terna presentada por la Asamblea Legislativa. Por tanto, la Ley habla de jurista de reconocido prestigio con más de diez años de ejercicio profesional y hay que recordar que jurista es, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, no sólo el abogado, sino todo aquel que estudia o profesa la ciencia del derecho (no hay duda de que esta definición encaja en el profesor universitario) y que tan ejercicio profesional es el desarrollado en el foro como en las notarías, registros, administraciones públicas o en las facultades de Derecho».