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El Ajuntament de Palma ha conseguido los apoyos necesarios para plantear ante el Tribunal Constitucional un conflicto en defensa de la autonomía local por la modificación del artículo 17 de la Ley 895/95, de 30 de mayo, sobre Actividades Clasificadas y Parques Acuáticas introducida recientemente por el Parlament balear. En concreto, las conversaciones mantenidas por el Consistorio palmesano han fructificado con los municipios de Inca, Santanyi, Llucmajor, Esporles, sa Pobla, Bunyola, Sencelles, Escorca, Selva, Valdemossa y Deià.

Así, se han podido iniciar los trámites ante el Consell Consultiu, paso previo y obligatorio, el cual debe elaborar un dictamen que aunque no será vinculante acompañará al recurso que se elevará ante el Constitucional.

Como se recordará, la normativa objeto de la protesta contempla que las actividades programadas en los planes territoriales parciales o en los planes directores sectoriales ya no están sujetas a ninguna licencia o informe municipal.

De acuerdo con esta disposición, se interpreta que los ayuntamientos no tienen competencia para controlar la ejecución de determinados planeamientos urbanísticos y de la concesión de licencias, lo que, a juicio de los municipios, constituye una clara injerencia en la autonomía local que viene protegida por la misma Constitución en sus artículos 137 y 141 y, más tarde, por la Ley de Bases de Régimen Local. La modificación apuntaba directamente al plan de residuos o el de energía, que desde ese momento no requerían ni de autorización ni de licencia municipal. De hecho, la enmienda estaba específicamente pensada para que el Ajuntament de Palma no pudiera poner ninguna traba a las instalaciones previstas en el plan de residuos. De manera más concreta, el Govern podía así imponer el vertedero de cenizas a Palma aunque Cort se oponga.