El Ajuntament de Palma ha conseguido los apoyos necesarios para
plantear ante el Tribunal Constitucional un conflicto en defensa de
la autonomía local por la modificación del artículo 17 de la Ley
895/95, de 30 de mayo, sobre Actividades Clasificadas y Parques
Acuáticas introducida recientemente por el Parlament balear. En
concreto, las conversaciones mantenidas por el Consistorio
palmesano han fructificado con los municipios de Inca, Santanyi,
Llucmajor, Esporles, sa Pobla, Bunyola, Sencelles, Escorca, Selva,
Valdemossa y Deià.
Así, se han podido iniciar los trámites ante el Consell
Consultiu, paso previo y obligatorio, el cual debe elaborar un
dictamen que aunque no será vinculante acompañará al recurso que se
elevará ante el Constitucional.
Como se recordará, la normativa objeto de la protesta contempla
que las actividades programadas en los planes territoriales
parciales o en los planes directores sectoriales ya no están
sujetas a ninguna licencia o informe municipal.
De acuerdo con esta disposición, se interpreta que los
ayuntamientos no tienen competencia para controlar la ejecución de
determinados planeamientos urbanísticos y de la concesión de
licencias, lo que, a juicio de los municipios, constituye una clara
injerencia en la autonomía local que viene protegida por la misma
Constitución en sus artículos 137 y 141 y, más tarde, por la Ley de
Bases de Régimen Local. La modificación apuntaba directamente al
plan de residuos o el de energía, que desde ese momento no
requerían ni de autorización ni de licencia municipal. De hecho, la
enmienda estaba específicamente pensada para que el Ajuntament de
Palma no pudiera poner ninguna traba a las instalaciones previstas
en el plan de residuos. De manera más concreta, el Govern podía así
imponer el vertedero de cenizas a Palma aunque Cort se oponga.
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