Los Consells no podrán decretar moratorias urbanísticas hasta que
comience la tramitación de la redacción de los planes insulares.
Según el artículo 17 de la nueva Ley d'Ordenació Territorial, que
comenzará a tramitar el Parlament en el mes de septiembre,
únicamente con posterioridad al acto de iniciación «del
procedimiento de formulación de un instrumento de ordenación
territorial o de revisión o modificación el órgano competente para
dictarlo puede apreciar motivadamente la necesidad de elaborar una
norma territorial cautelar y definir el ámbito, la finalidad y el
contenido básico».
De esta manera, podría transcurrir más de un año hasta que los
Consells inicien la tramitación de sus planes insulares, que es el
paso previo obligatorio para decretar una moratoria urbanística.
Además, la aprobación inicial de las normas cautelares significaría
la suspensión de la concesión de licencias y autorizaciones para
todas aquellas actuaciones que no se ajusten a sus determinaciones.
En otro artículo de la misma ley urbanística aprobada por el Govern
se aclara que la vigencia de las normas cautelares previas a las
directrices de ordenación territorial y los planes territoriales
insulares no debe superar los cinco años.
Este plazo será de tres años para las normas territoriales
cautelares previas a la aprobación de planes directores
sectoriales. La nueva Ley de Ordenación del Territorio, que es el
paso previo para dar todas las competencias urbanísticas a los
Consells, también establece que sean las instituciones insulares
las encargadas de poder decretar moratorias en suelo urbano.
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