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Iberia y su franquiciada Air Nostrum están obligadas a aplicar los descuentos por familia numerosa a los usuarios que así lo demuestren y vuelen en clase turista o Regional Bussines Class al contrario de lo que ocurre con otras compañías privadas como Spanair.

Así lo pone de manifiesto una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma que desestima el recurso presentado por Iberia contra la sanción de 300.000 pesetas impuesta por la Conselleria de Sanitat i Consum por no aplicar el descuento de familia numerosa en cuatro billetes a un usuario que voló entre Palma y Valencia con Air Nostrum. Iberia alegó que con ocasión de un recurso idéntico, interpuesto por Spanair, la sentencia "en esa ocasión del juzgado número 1" fue estimatoria al entender que «las compañías aéreas privadas sí están exentas de soportar el descuento a las familias numerosas» en cuanto que la obligatoriedad queda limitada a las empresas concesionarias. Sin embargo, en esta ocasión esta juez considera que Iberia, al contrario que Spanair sí es una empresa concesionaria y por ello está obliga a aplicar los descuentos por familia numerosa.

En este sentido, la titular del Juzgado de los Contencioso Administrativo número 2 de Palma, Mariángeles Berrocal, entiende que «pese a la evolución que está sufriendo la que fuera compañía aérea de bandera, lo cierto es que sigue estando participada en su mayoría por capital público, y, como la propia recurrente (Iberia) admite, al comparar su situación con Renfe o Trasmediterránea, su situación es la misma que la de estas últimas». No obstante, señala que «no deja de asistirle la razón (a Iberia) cuando plantea el diferente trato que el Estado da a las bonificaciones que aplican unas y otras, pero dicha cuestión no puede ni debe ser materia de este procedimiento». Iberia planteaba una infracción, por parte del Estado, en la igualdad de trato ya que Renfe y Trasmediterránea «son compensadas por la Administración recibiendo de vuelta el importe de las bonificaciones, reducciones o exenciones que afectan al transporte de viajeros, mercancías o servicios prestados».