Sa Llonja y la Platja de Palma viven, desde hace años, un serio
conflicto que enfrenta el derecho al trabajo de propietarios y
empleados de establecimientos de ocio nocturno con el derecho al
descanso de vecinos de cada barrio. Pero la historia de una y otra
zona difiere en cuanto a regulación.
Durante cerca de dos años pesó sobre sa Llonja una declaración
de Zona Acústicamente Contaminada, que permitía a los bares tener
música hasta la hora de cierre, las 04.00 en la mayoría de los
casos. El expediente se levantó el 1 de enero de este año y a
partir de ese momento, el Consistorio decidió no prorrogarlo,
aunque bajo el compromiso de realizar mediciones cada dos meses,
para en el momento que una de esas sonometrías resultase positiva
volver a levantar la declaración de ZAC, que esta vez implicaría el
cierre de todos los locales a la 01.00 de la madrugada.
El portavoz de los empresarios, Valeriano Herrero, afirmó ayer
que reclamarán a Cort una indemnización de unos 400 millones para
los 20 locales legalmente establecidos que, calculan, deberán
cerrar como consecuencia de esta medida. La compensación se reclama
en concepto de las inversiones realizadas para abrir el local y,
más tarde, para insonorizarlo por orden municipal, «no por lo que
van a dejar de ganar», aclaró. Estos locales se verán obligados a
cerrar o a alquilar el establecimiento, «pero si se les indemniza
podrían trasladarse y sa Llonja podría defenderse como zona de
restaurantes y tapeos», dijo.
La historia de la Platja de Palma es diferente. A comienzos de
1998, el Ajuntament de Palma aprobó la modificación de la Ordenanza
municipal para la protección del medio ambiente contra la
contaminación por ruidos y vibraciones en el sentido de limitar el
horario de música de las terrazas de todo el término municipal, que
desde ese momento deben interrumpir la música a partir de las 00.00
horas, aunque el cierre del local sea a las 04.00 de la
madrugada.
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