El Ajuntament de Palma tendrá que devolver unos 500 millones de
pesetas que le había abonado Aeropuertos Españoles y Navegación
Aérea (AENA) por el impuesto sobre construcciones, instalaciones y
obras de la nueva terminal de Son Sant Joan. La sentencia, firmada
por la magistrada-juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo
número 1 de Palma, Carmen Frígola, desestimó la causa de
inadmisibilidad esgrimida por Cort y estimó el recurso presentado
por AENA contra el decreto número 4.190/99 dictado por el alcalde
Joan Fageda.
AENA había abonado 495.778.766 pesetas a las arcas municipales a
través de un cheque de Bankinter librado en julio de 1995 a
instancias de Cort. No obstante, instó una demanda al considerar
que estaba exenta del pago del impuesto de construcciones. Al
respecto, la sentencia señala: «Ya se ha dicho que AENA no tiene la
condición de organismo autónomo, sino ente público. Ahora bien, ha
de admitirse que el hecho de no contemplar el redactado del
artículo 20.2 de la ley 5/1990 dicho término "ente público" no
puede vaciar de contenido ese artículo si a la par no llegamos a la
conclusión que en los aeropuertos públicos el único ente capaz de
gestionarlos es precisamente la recurrente. Por otra lado, no debe
olvidarse que AENA, nacido en 1991, es en el ente en el que se
subrogó el Organismo Autónomo Aeropuertos Españoles, por lo que el
hecho de que no haya habido una actualización del redactado de ese
artículo no permite llegar a la conclusión de que dicho ente, a
través del cual el Estado se sirve de la gestión y control de los
aeropuertos, esté excluido de la excención que por ley se reconoce
al Estado y organimos autónomos».
El aeropuerto palmesano había insistido, a través de su
dirección en la capital balear, que el Consistorio le debía 500
millones (con los intereses), que en su día abonó en concepto de un
impuesto, el de construcciones, del que el ente público está
exento.
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