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El Ajuntament de Palma tendrá que devolver unos 500 millones de pesetas que le había abonado Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) por el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de la nueva terminal de Son Sant Joan. La sentencia, firmada por la magistrada-juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma, Carmen Frígola, desestimó la causa de inadmisibilidad esgrimida por Cort y estimó el recurso presentado por AENA contra el decreto número 4.190/99 dictado por el alcalde Joan Fageda.

AENA había abonado 495.778.766 pesetas a las arcas municipales a través de un cheque de Bankinter librado en julio de 1995 a instancias de Cort. No obstante, instó una demanda al considerar que estaba exenta del pago del impuesto de construcciones. Al respecto, la sentencia señala: «Ya se ha dicho que AENA no tiene la condición de organismo autónomo, sino ente público. Ahora bien, ha de admitirse que el hecho de no contemplar el redactado del artículo 20.2 de la ley 5/1990 dicho término "ente público" no puede vaciar de contenido ese artículo si a la par no llegamos a la conclusión que en los aeropuertos públicos el único ente capaz de gestionarlos es precisamente la recurrente. Por otra lado, no debe olvidarse que AENA, nacido en 1991, es en el ente en el que se subrogó el Organismo Autónomo Aeropuertos Españoles, por lo que el hecho de que no haya habido una actualización del redactado de ese artículo no permite llegar a la conclusión de que dicho ente, a través del cual el Estado se sirve de la gestión y control de los aeropuertos, esté excluido de la excención que por ley se reconoce al Estado y organimos autónomos».

El aeropuerto palmesano había insistido, a través de su dirección en la capital balear, que el Consistorio le debía 500 millones (con los intereses), que en su día abonó en concepto de un impuesto, el de construcciones, del que el ente público está exento.