La titular de Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de
Palma, Carmen Frígola, estimó un recurso presentado por el
funcionario de Cort Juan Ramón Dols en contra del decreto de
Alcaldía de Palma número 6838 de fecha 21 de junio de 2000 que le
denegaba el permiso de una hora diaria de ausencia del trabajo para
dedicarlo al cuidado de un hijo menor de nueve meses.
La juez decretó «el derecho de Juan Ramón Dols a recibir una
indemnización por parte del Ayuntamiento de Palma a razón del pago
de la cantidad resultante de aplicar una hora extraordinaria para
cada día y hora que debió disfrutar de ese permiso durante todo el
tiempo que no lo hizo, cantidad que se liquidará en ejecución de
sentencia».
Cort se había amparado en el artículo 19 del Pacto sobre las
Condiciones de Trabajo de los Funcionarios del Ayuntamiento para
denegar ese permiso, basándose en que es preciso para su concesión
que ambos progenitores trabajen y sólo uno de ellos disfrute de ese
permiso. «En el caso del recurrente, al no trabajar fuera del hogar
su esposa, no procede dicho permiso», según alegó la letrada del
Ayuntamiento en el transcurso del juicio.
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